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Perito de Leopoldo Luque atribuye a Maradona la falta de atención médica

Imagen de archivo de Diego Armando Maradona durante una rueda de prensa deportiva
4 min de lectura
  • En el juicio oral por la muerte de Diego Maradona, un perito de la defensa atribuyó la falta de controles al propio astro.
  • El médico José Antonio Maya invocó el principio de autonomía del paciente para justificar que no fue revisado.
  • La junta médica oficial de 2021 calificó previamente el accionar del cuerpo médico como inadecuado y temerario.
  • El neurocirujano Leopoldo Luque y otros siete profesionales enfrentan cargos por presunto homicidio con dolo eventual.

El juicio oral que investiga las circunstancias del fallecimiento del astro del fútbol mundial Diego Armando Maradona sumó un intenso capítulo pericial en los tribunales de San Isidro, Argentina, el viernes 18 de septiembre de 2026. Durante su testimonio ante los magistrados, el médico clínico José Antonio Maya, perito propuesto por la defensa del principal imputado, el neurocirujano Leopoldo Luque, afirmó que la falta de detección de signos de alarma en los días previos a la muerte respondió a la negativa reiterada del exfutbolista a dejarse examinar físicamente.

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Maya sostuvo ante el tribunal que Maradona falleció de manera repentina y que los profesionales no tuvieron margen de acción diagnóstica debido a la resistencia del paciente. El perito argumentó que en el ámbito sanitario rige el principio de autonomía del paciente, que otorga a toda persona el derecho a rechazar procedimientos médicos. En su declaración, el especialista expresó textualmente: «No es culpa de Maradona, es responsabilidad de Maradona», atribuyendo a las decisiones del ídolo la imposibilidad de evaluar oportunamente su deterioro clínico.

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En el expediente judicial consta que el 18 de noviembre de 2020, exactamente una semana antes de su fallecimiento en una residencia privada del barrio San Andrés de Tigre, Maradona expulsó de la vivienda a su médico de cabecera Leopoldo Luque, al médico clínico Pedro Di Spagna y al nutricionista Luciano Spena. Di Spagna acudió al domicilio tras recibir una alerta de enfermería sobre la presencia de edemas en las piernas del paciente, pero Maradona se negó tajantemente a abrirle la puerta.

Contradicciones con el dictamen de la junta médica oficial

La postura absolutoria esgrimida por la defensa contrasta frontalmente con las conclusiones a las que arribó la junta médica interdisciplinaria constituida en 2021 bajo la coordinación de la Procuración General bonaerense. Aquel comité técnico integrado por más de veinte peritos oficiales dictaminó de forma unánime que el equipo sanitario actuó de manera «inadecuada, deficiente y temeraria», abandonando al paciente a su suerte en un entorno que carecía de equipamiento elemental para una internación domiciliaria de alta complejidad.

En el debate procesal, Maya reconoció que formó parte de dicha junta médica pero recordó que firmó el dictamen en disconformidad, redactando un informe técnico por separado. La acusación fiscal sostiene que, tratándose de un paciente con un cuadro severo de abstinencia, antecedentes de adicciones y vulnerabilidad psicofísica, los médicos tratantes estaban en la obligación jurídica y deontológica de arbitrar los medios para una internación institucional obligatoria o dar aviso a la justicia de familia.

El desarrollo de este proceso judicial resuena con fuerza en toda la región, recordando antecedentes en los que el juicio por la muerte de Maradona ventiló declaraciones sobre negligencia médica, al igual que los procesos donde la justicia internacional indaga responsabilidades institucionales y peritajes, en medio del recuerdo permanente que rodea a las grandes leyendas históricas del fútbol mundial.

Debate cardiológico sobre miocardiopatía y estado del corazón

Otro punto de fricción técnica en el juicio giró en torno al estado cardiovascular real de Maradona al momento de su deceso, ocurrido el 25 de noviembre de 2020. Maya y el cardiólogo Ricardo Iglesias rechazaron la tesis acusatoria de que el paciente padeciera una miocardiopatía dilatada no tratada. Según el perito, dicha patología genera adelgazamiento parietal, mientras que la autopsia de la policía científica demostró un engrosamiento de las paredes cardíacas.

Desde la Asociación Médica Argentina (AMA) y círculos académicos forenses señalan que la insuficiencia cardíaca congestiva suele manifestarse mediante edemas periféricos progresivos y dificultad respiratoria, signos que, a criterio de los fiscales, debieron motivar un traslado hospitalario urgente sin supeditar la vida del paciente a su consentimiento.

El proceso ante el Tribunal Oral en lo Criminal N.° 3 de San Isidro, coordinado por el Poder Judicial de la Nación Argentina, continuará durante las próximas semanas con la declaración de nuevos peritos forenses, psiquiatras y allegados al entorno del astro. Luque, la psiquiatra Agustina Cosachov y otros seis profesionales de la salud enfrentan cargos tipificados como homicidio simple con dolo eventual, figura penal que contempla penas de 8 a 25 años de prisión.

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