- Un juez dictó prisión preventiva por 30 días contra Jhon Uriel V. A. por presunto tráfico ilícito de sustancias catalogadas.
- El procesado transportaba 233 gramos de ketamina ocultos en un bolso canguro amarillo dentro de un taxi.
- La sustancia incluía materia rocosa de color lila y tabletas comprimidas rosadas detectadas en la ruta Rumichaca-Tulcán.
- La ketamina ingresó al régimen penal de control y fiscalización nacional desde el 1 de enero de 2026.
Un juez de la Unidad Judicial de Carchi dictó prisión preventiva en contra de Jhon Uriel V. A. la tarde del 17 de septiembre de 2026 tras calificar la legalidad de su aprehensión en flagrancia. Las autoridades interceptaron al ciudadano mientras se movilizaba como pasajero en un taxi por el corredor vial Rumichaca-Tulcán, en la provincia fronteriza de Carchi. Durante la inspección física, agentes especializados de control antinarcóticos encontraron 233 gramos netos de ketamina distribuidos en dos empaques plásticos herméticos.
El operativo formó parte de los controles intensificados que mantiene la Policía Nacional del Ecuador en la línea fronteriza norte. Al revisar el equipaje de mano del sospechoso, los uniformados hallaron un bolso de nailon tipo canguro de color amarillo que guardaba dos paquetes sospechosos. En uno de los recipientes hallaron una sustancia sólida rocosa de tonalidad lila, mientras que el segundo cargamento contenía tabletas comprimidas de color rosado.
Inspección pericial y pesaje homologado en la Jefatura Antidrogas de Carchi
Los uniformados trasladaron de inmediato al aprehendido y las evidencias hasta las instalaciones de la Jefatura de Investigación Antidrogas de la Subzona Carchi. En los laboratorios policiales, los peritos químicos aplicaron reactivos homologados de prueba preliminar de campo y practicaron el pesaje electrónico oficial. Los análisis confirmaron de manera concluyente que la muestra correspondía a clorhidrato de ketamina, con un registro neto exacto de 233 gramos.
El alcaloide sintético fue ingresado bajo estricta cadena de custodia en el Centro de Acopio Temporal de Evidencias. Las unidades antinarcóticos informaron que esta intervención corta una línea de abastecimiento transfronterizo destinada a redes de distribución clandestina. Investigaciones previas sobre el tráfico de drogas sintéticas señalan que los transportistas utilizan el transporte público fronterizo para burlar los filtros de vigilancia estatal.
Este decomiso se suma a las operaciones territoriales de seguridad ejecutadas en las últimas semanas. Como antecedente directo en la lucha contra el narcotráfico interurbano, cabe recordar cuando la Policía capturó a un hombre con 14 kilos de marihuana en Ambato durante un registro vehicular similar. Asimismo, las fuerzas del orden mantienen operativos de intervención permanente en distintas provincias, tal como evidenció el reciente despliegue del Operativo Apolo 41 que dejó 6 aprehendidos en cinco sectores de Quito.
Elementos de convicción presentados en la audiencia de formulación de cargos
Durante la diligencia judicial de calificación de flagrancia, la Fiscalía General del Estado formuló cargos formales con base en el artículo 220, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Dicha disposición tipifica y sanciona el tráfico ilícito de sustancias químicas específicas o precursores destinados a la elaboración de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. El fiscal del caso sustentó el pedido de privación de libertad presentando:
- El parte policial de aprehensión en delito flagrante redactado por los uniformados captores.
- El acta oficial de pesaje y fijación química practicada en la Jefatura Antidrogas de Carchi.
- Las versiones testimoniales de los agentes de tránsito y seguridad que ejecutaron el registro en la ruta.
- El informe técnico de evidencias físicas y materiales ingresadas a las bodegas judiciales.
Tras analizar la contundencia de los recaudos procesales, el magistrado acogió íntegramente la moción fiscal y ordenó la prisión preventiva del procesado para asegurar su comparecencia al juicio. La etapa de instrucción fiscal tendrá un plazo perentorio de 30 días consecutivos, durante los cuales la fiscalía practicará pericias químicas complementarias y peritajes telefónicos sobre los dispositivos electrónicos incautados en el sitio.
Marco regulatorio penal y fiscalización de la ketamina en Ecuador
La judicialización de este expediente se apoya en una modificación sustancial del régimen normativo ecuatoriano sobre drogas de diseño y anestésicos disociativos. De acuerdo con la Resolución No. CID-001-2025, aprobada el 2 de abril de 2025 y publicada en el Primer Suplemento del Registro Oficial No. 56 del 10 de junio de 2025, la ketamina quedó incorporada formalmente al cuadro nacional de sustancias químicas sujetas a fiscalización.
Esta regulación entró en vigor pleno el 1 de enero de 2026 en todo el territorio de Ecuador. Antes de la vigencia de esta resolución, la posesión indebida de este compuesto médico veterinario y hospitalario presentaba vacíos legales que dificultaban la tipificación como delito de narcotráfico. Con la actualización legislativa, su transporte no autorizado, tenencia irregular y comercialización se equiparan a las sanciones severas previstas para precursores químicos de alta peligrosidad.
Las autoridades policiales de la Zona 1, que abarca Imbabura y Carchi, advirtieron que la frontera colombo-ecuatoriana registra un incremento de intentos de contrabando de componentes para la elaboración del denominado cóctel sintético o tusi. En este contexto de vigilancia fronteriza, los controles interinstitucionales coordinan acciones de patrullaje con apoyo militar, estrategia que ya permitió que las Fuerzas Armadas destruyan campamentos irregulares en Urcuquí para cerrar pasos clandestinos utilizados por organizaciones delictivas.
El procesado Jhon Uriel V. A. permanece bajo custodia en el Centro de Privación de Libertad de Tulcán mientras transcurre el mes de investigación fiscal. De ser hallado culpable en el tribunal de garantías penales, enfrentará una pena privativa de libertad conforme a las escalas de sanción fijadas en la legislación ecuatoriana.




