Desde el 7 de junio de 2025, Ecuador cuenta oficialmente con la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, aprobada por la Asamblea Nacional como un instrumento que habilita al Presidente de la República, Daniel Noboa, a aplicar medidas excepcionales en el marco del conflicto armado interno que vive el país. La norma fue creada con el objetivo de garantizar la sostenibilidad económica, proteger a la población civil y reforzar la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, sin necesidad de decretar un estado de excepción.

Reconocimiento del conflicto: facultad exclusiva del Presidente
El artículo 6 de la ley estipula que el conflicto armado interno existe desde el inicio de las hostilidades. Sin embargo, su aplicación efectiva requiere un Decreto Ejecutivo del Presidente de la República, en el que se evidencie la existencia de ciertos criterios como la organización estructurada de grupos armados y el nivel de intensidad de la violencia.
A diferencia de un estado de excepción, este decreto no necesita control constitucional previo, lo que significa que una vez emitido, la Ley entra en vigor automáticamente, otorgando amplios poderes al Ejecutivo.
Medidas económicas, financieras y de seguridad
La Ley de Solidaridad Nacional permite al Presidente Noboa adoptar acciones inmediatas para proteger a la población y asegurar la continuidad de la economía nacional. Entre las principales facultades que otorga esta norma están:
- Redistribución de recursos públicos para reforzar a las fuerzas del orden.
- Medidas tributarias o fiscales temporales.
- Disposiciones operativas en el sector productivo para garantizar su funcionamiento en medio del conflicto.
- Coordinación directa con entidades públicas y privadas para implementar respuestas de emergencia.
Sin suspensión de derechos ni control automático
Uno de los puntos clave es que esta Ley no constituye un estado de excepción. Así lo establece el artículo 6, el cual indica que no se suspenderán derechos ni garantías constitucionales. Tampoco será necesario que el Presidente detalle limitaciones a libertades como ocurre con los estados de excepción regulados por el artículo 164 de la Constitución.
Este nuevo régimen jurídico funciona de manera independiente del sistema de controles automáticos de la Corte Constitucional y de la Asamblea Nacional. El único mecanismo para frenar su ejecución sería una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte.
Debate jurídico sobre la constitucionalidad
La disposición de que la aplicación de la Ley dependa de un decreto presidencial ha generado inquietudes entre expertos constitucionalistas, como el abogado Edison Guarango. Él advierte que podría haber una contradicción con el dictamen 2-24-EE/24 de la Corte Constitucional, que sostiene que la existencia de un conflicto armado es un hecho objetivo y no una declaración política.
Pese a ello, mientras no se interponga una demanda formal, los decretos que emita el Ejecutivo con base en esta Ley tendrán plena validez legal.
¿Qué implica esta Ley para el futuro inmediato?
El presidente Noboa podrá ahora actuar con mayor celeridad y menos restricciones legales en el manejo del conflicto armado interno. Esto le permitirá optimizar recursos, ejecutar decisiones estratégicas y responder ante amenazas sin depender de controles previos. La Ley se convierte, en la práctica, en una herramienta clave del Gobierno para enfrentar a las organizaciones armadas ilegales que han desafiado al Estado de derecho en los últimos meses.
No obstante, este marco legal también abre un debate sobre el equilibrio entre seguridad y control institucional, especialmente frente a la posibilidad de decisiones unilaterales del Ejecutivo sin revisión previa por parte de los órganos de control constitucional.
📌 Fuente: El Comercio
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