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Ley de Aviación Civil fija 50% de rebaja en pasajes y reembolsos a usuarios

Aeronave comercial en pista tras la aprobación de la Ley de Aviación Civil

Actualizada:

4 min de lectura
  • La Asamblea Nacional ratificó con 88 votos afirmativos el nuevo marco jurídico aeronáutico del Ecuador.
  • Se garantiza por ley un 50% de descuento en pasajes aéreos para adultos mayores y personas con discapacidad.
  • El marco fija indemnizaciones obligatorias, reembolsos y alojamiento por suspensiones de vuelos imputables a aerolíneas.
  • La estrategia de cielos abiertos busca atraer inversión privada y elevar la conectividad en terminales provinciales.

La Asamblea Nacional del Ecuador concluyó este 25 de septiembre de 2026 el tratamiento legislativo de la nueva Ley de Aviación Civil, aprobando su texto final con el respaldo unánime de 88 votos afirmativos. El articulado, integrado por 215 artículos y múltiples disposiciones transitorias, reemplaza a un estatuto que permaneció sin modificaciones de fondo durante más de 20 años. La iniciativa fue remitida de inmediato al Ejecutivo para el respectivo proceso de sanción o veto presidencial dentro del plazo fijado de 30 días.

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El cuerpo legal moderniza integralmente la infraestructura jurídica del transporte aéreo en el país, estableciendo parámetros técnicos de competitividad internacional y mecanismos de amparo directo a los derechos patrimoniales de los pasajeros frente a fallas operativas o retrasos sistemáticos de las compañías comerciales que cubren rutas regulares y no regulares.

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Protección al usuario en la nueva Ley de Aviación Civil

Uno de los avances de mayor trascendencia en la Ley de Aviación Civil corresponde a la consagración de la tarifa social obligatoria. La norma determina que los adultos mayores, al igual que los ciudadanos con discapacidad debidamente certificados, gozarán de un 50% de descuento sobre las tarifas aéreas regulares en los trayectos domésticos, asegurando condiciones equitativas de movilidad interprovincial y acceso a servicios esenciales en todo el territorio.

Asimismo, la legislación fija un régimen riguroso de responsabilidades para las aerolíneas ante imprevistos operacionales. Cuando ocurran demoras prolongadas, cancelaciones o sobreventa de asientos atribuibles a la empresa prestadora, esta deberá suministrar de forma inmediata alimentación, llamadas telefónicas, hospedaje en hoteles y traslados terrestres sin costo para los pasajeros afectados.

En caso de cancelaciones definitivas, el pasajero dispondrá del derecho irrenunciable al reembolso expedito del valor íntegro del boleto o a su reubicación prioritaria en el vuelo más próximo disponible, salvaguardando la certidumbre de los usuarios frente a prácticas abusivas o cancelaciones arbitrarias en temporadas de alta demanda.

Política de cielos abiertos y atracción de operadores

La ponente del proyecto y presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, Valentina Centeno, subrayó durante el debate parlamentario que el instrumento normativo tiene como meta prioritaria optimizar la infraestructura de los aeropuertos regionales y terminales intermedias del país que actualmente muestran índices reducidos de utilización operativa.

Para lograr dicho cometido, el texto institucionaliza una política nacional de cielos abiertos orientada a flexibilizar la suscripción de acuerdos aerocomerciales internacionales. La medida busca incentivar la llegada de aerolíneas extranjeras, incrementar la competencia en rutas troncales y abrir frecuencias directas que dinamicen el comercio exterior y la actividad turística en diversas provincias.

Desde la perspectiva de la autoridad aeronáutica, el director general de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), Juan Pablo Franco, manifestó que la concurrencia de más operadores diversifica la oferta de servicios aéreos y propicia de manera gradual boletos más económicos por efecto de mercado, descartando la imposición de tarifas políticas o controles artificiales de precios que desincentiven la inversión de las aerolíneas.

Articulación técnica y antecedentes legislativos

El nuevo esquema dota a las autoridades técnicas de herramientas avanzadas para la gestión, vigilancia y control de la seguridad operacional en todos los aeródromos ecuatorianos. Entre sus componentes destaca también la fiscalización y registro sistemático de drones o aeronaves pilotadas a distancia, garantizando la preservación del espacio aéreo nacional frente a interferencias operacionales no autorizadas.

Esta aprobación culmina un ciclo de deliberaciones iniciado en jornadas previas, complementando el enfoque de gestión aeroportuaria reportado en la aprobación inicial de la Ley de Aviación Civil con delegación aeroportuaria. Al mismo tiempo, la actividad del Pleno se desarrolló en paralelo con otros debates institucionales de alta relevancia jurídica, tales como el análisis sobre la revisión jurídica de convenios y avales de tratados internacionales en el parlamento.

Tras la remisión formal del decreto hacia la Presidencia de la República, los sectores productivos, aerolíneas y gremios turísticos inician el seguimiento a la fase de reglamentación que definirá los manuales técnicos y plazos de exigibilidad para la aplicación del descuento y las garantías a pasajeros.

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