El presidente Daniel Noboa amplió el estado de excepción en Ecuador por 30 días adicionales en diez provincias y tres cantones, debido a que persiste la violencia vinculada al crimen organizado. La medida quedó oficializada este 14 de agosto de 2026 en Guayaquil, mediante el Decreto Ejecutivo 472.
El Gobierno sostiene que retirar el despliegue militar en este momento elevaría el riesgo de que las bandas delictivas se reorganicen y recuperen control territorial. Por ello, decidió mantener vigente el estado de excepción en Ecuador bajo las mismas condiciones establecidas en junio pasado.
¿Qué provincias y cantones cubre el nuevo decreto?
La prórroga rige en Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay. Además, se extiende a los cantones La Maná (Cotopaxi), Las Naves (Bolívar) y La Troncal (Cañar). La medida rige desde la fecha de la firma del decreto.
Cifras que sustentan la renovación
Entre el 1 de julio y el 5 de agosto de 2026 se contabilizaron más de 238.000 emergencias en las zonas bajo esta disposición, la mayoría relacionadas con seguridad ciudadana. El sistema ECU 911, por su parte, registró decenas de miles de alertas vinculadas a la medida, entre ellas cientos de casos de muertes violentas y más de mil relacionadas con sustancias sujetas a fiscalización.
Adicionalmente, la Policía y las Fuerzas Armadas levantaron miles de indicios balísticos en ese periodo, la mayoría asociados a hechos con muertes. Las armas más utilizadas fueron pistolas y subfusiles de 9 milímetros, aunque también se reportó presencia de fusiles, ametralladoras y explosivos.
Medidas excepcionales que mantiene el estado de excepción en Ecuador
El decreto conserva las mismas disposiciones aprobadas en junio:
- Suspensión de la inviolabilidad del domicilio.
- Suspensión de la inviolabilidad de la correspondencia.
- Despliegue conjunto de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
- Requisición temporal de bienes y servicios de origen lícito.
El texto aclara que estas medidas deben aplicarse dentro de los límites que fija la Constitución y la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Plazos y notificaciones oficiales
La renovación llega justo cuando se cumplía el plazo original de 60 días fijado en junio. La Constitución permite una única prórroga de hasta 30 días si persisten las causas iniciales, por lo que este nuevo periodo corresponde al límite máximo permitido. El Gobierno debe notificar la decisión a la Asamblea Nacional, la Corte Constitucional, la ONU y la OEA, además de informar a la ciudadanía sobre las restricciones vigentes.
Con esta ampliación, el estado de excepción en Ecuador continuará activo mientras el Ejecutivo insiste en que el control militar del territorio es indispensable para evitar que el crimen organizado recupere terreno perdido en los últimos meses.
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