Contexto normativo y justificación oficial
Desde el 16 de junio de 2025, el Gobierno ecuatoriano implementará una tarifa de USD 20 al 4×4, aplicable a cada paquete importado mediante este régimen. Esta medida fue adoptada por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca con el fin de preservar el empleo formal, fortalecer la producción nacional y prevenir el uso indebido del sistema courier. De acuerdo con las autoridades, el 4×4 fue diseñado exclusivamente para facilitar compras personales, no con fines comerciales.

¿A quién afecta la tarifa de USD 20 al 4×4?
El exministro de Comercio Exterior, Daniel Legarda, aclara que la tarifa de USD 20 al 4×4 afecta a todos los consumidores que realicen importaciones personales mediante este mecanismo. Es un monto fijo que se aplica por paquete, sin importar el valor del contenido. Incluso si se importan artículos por USD 100 o hasta el límite de USD 400, el arancel será el mismo: USD 20.
¿Qué ocurre con el régimen migrante?
Una excepción clave es el régimen migrante, regulado por la Ley del Migrante. Este no está sujeto a la tarifa de USD 20 al 4×4, siempre que el migrante cumpla con requisitos específicos como el registro consular. El régimen migrante no tiene límite de envíos ni está sujeto a impuestos, lo que podría generar un traslado estratégico del uso de regímenes.
¿Puede esto incentivar el contrabando?
La implementación de la tarifa de USD 20 al 4×4 podría tener efectos secundarios no deseados. Para Legarda, no se deben imponer mayores restricciones sin fortalecer los controles post-importación. La solución está en mejorar la fiscalización del Servicio de Rentas Internas (SRI) y la Aduana, no en endurecer un sistema que busca facilitar el acceso a bienes importados.
Tratado con China: ¿una contradicción normativa?
El Tratado de Libre Comercio con China, vigente desde 2024, establece que no deben existir restricciones para el comercio electrónico bilateral. Por lo tanto, si un paquete proviene directamente de China, la tarifa de USD 20 al 4×4 no debería aplicarse. Sin embargo, si otro país consolida el envío antes de que llegue a Ecuador, entonces se debe pagar este arancel.
Claridad normativa, clave para evitar distorsiones
El comercio electrónico transfronterizo debe regirse por normas claras y coherentes con los acuerdos internacionales. La correcta aplicación de la tarifa de USD 20 al 4×4 dependerá de la transparencia en el origen del paquete y del cumplimiento de los compromisos asumidos en tratados comerciales.
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