El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que a partir del 1 de agosto de 2025 regirán nuevas reglas para la anulación de facturas electrónicas en Ecuador.
La decisión forma parte de una estrategia para reforzar la transparencia tributaria y evitar el uso indebido de documentos fiscales.
Solo se podrán anular por error u operación no realizada
Desde la nueva fecha, únicamente podrán anularse comprobantes electrónicos cuando exista un error en el documento o si la operación comercial no se concretó.
Las nuevas disposiciones aplican a comprobantes de venta, retención y documentos complementarios.
Anulación podrá hacerse en línea o con nota de crédito
El proceso de anulación se podrá realizar en línea, a través del portal del SRI, usando el Facturador SRI o mediante la emisión de una nota de crédito.
Si se opta por el trámite en línea, el plazo máximo será hasta el día 10 del mes siguiente a la fecha de emisión. En caso de coincidir con un fin de semana o feriado, el plazo se extenderá hasta el siguiente día hábil.
Notas de crédito con límite de 12 meses
Si el plazo para la anulación electrónica vence, la única alternativa será usar una nota de crédito, siempre que no hayan pasado más de 12 meses desde la emisión del comprobante.
Esta restricción aplica tanto para documentos electrónicos como físicos.
Facturas a consumidor final no podrán modificarse
Una de las medidas más relevantes es que las facturas emitidas a nombre de “consumidor final” no podrán ser anuladas ni modificadas mediante notas de crédito, una vez que hayan sido transmitidas al SRI.
Esta medida limita la posibilidad de alterar operaciones sin identificación del comprador.
Se requerirá aceptación del receptor en ciertos casos
Cuando se trate de anulación de comprobantes de retención, notas de crédito o débito, será necesaria la aceptación del receptor.
El receptor tendrá cinco días hábiles para responder. Si no lo hace en ese plazo, la solicitud quedará sin efecto y el comprobante mantendrá su validez.
Documentos deben transmitirse al SRI al momento de la emisión
El SRI recordó que todos los comprobantes electrónicos deben ser enviados al sistema de la entidad en el momento exacto de su emisión.
Además, queda prohibida la anulación de documentos que hayan sido usados como respaldo en solicitudes de devolución de impuestos.

“Queremos comprobantes reales y verificables”
Damián Larco, director general del SRI, destacó que estas medidas buscan asegurar información tributaria de calidad.
“Apostamos por una gestión moderna y transparente, donde cada comprobante refleje una operación real y verificable”, afirmó.
Con estas nuevas condiciones, el SRI fortalece su capacidad de control fiscal y promueve buenas prácticas en el cumplimiento tributario.
Fuente: El Comercio
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