El presidente Daniel Noboa oficializa el reglamento de la Ley de Inteligencia
El presidente Daniel Noboa expidió el reglamento de la Ley de Inteligencia mediante el Decreto Ejecutivo 52, el 14 de julio de 2025. Esta normativa fue aprobada por la Asamblea apenas un mes antes. Con este paso, se habilita legalmente a los organismos de inteligencia del Estado para solicitar información a operadoras de telecomunicaciones sin necesidad de una orden judicial. Aunque se exige justificación y confidencialidad, el reglamento genera preocupaciones por su alcance y falta de controles independientes.
Alcance y estructura del reglamento
El reglamento de la Ley de Inteligencia consta de 36 artículos y ocho disposiciones adicionales. Entre sus puntos clave, establece la creación de un Centro Nacional de Inteligencia (CNI) con rango de ministerio. Además, define la estructura de coordinación del Sistema Nacional de Inteligencia, sus subsistemas militar y policial, y cómo se clasifica y reserva la información obtenida.
Obligaciones de las operadoras de telecomunicaciones
Según el reglamento, las operadoras deberán entregar datos solicitados en un plazo máximo de dos días, incluso en menor tiempo si existe justificación de urgencia. La información no podrá usarse como prueba judicial y debe mantenerse como confidencial. Las empresas deben designar enlaces legales y de seguridad responsables de procesar estas solicitudes.

Críticas y preocupaciones constitucionales
Diversos sectores han manifestado inquietudes sobre el reglamento de la Ley de Inteligencia, ya que no contempla mecanismos independientes de control. Tampoco prevé instancias claras para que los ciudadanos apelen o revisen el uso de su información. Esto podría abrir la puerta a potenciales vulneraciones de derechos constitucionales, incluso si el texto afirma respetarlos.
Condiciones y justificaciones requeridas
La norma aclara que solo podrá requerirse información cuando sea estrictamente necesaria para funciones de inteligencia o contrainteligencia vinculadas a la seguridad del Estado. Además, la solicitud debe provenir de la máxima autoridad del sistema o sus subsistemas, y debe cumplir con protocolos de reserva y legalidad.
¿Qué implicaciones tiene para la privacidad?
El reglamento plantea un debate sobre el equilibrio entre seguridad nacional y protección de datos personales. Aunque el Gobierno asegura que se respetarán los derechos fundamentales, la falta de controles externos transparentes preocupa a organizaciones civiles y juristas.
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