- Las mujeres desde el sexto mes de embarazo estarán exentas de sanciones por no sufragar.
- El beneficio legal ampara también a madres durante el primer año de lactancia materna.
- La medida responde a una reforma reglamentaria tras un fallo del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
- El trámite de justificación se presentará con certificado médico en las delegaciones provinciales del CNE.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) ratificó este lunes 21 de septiembre de 2026 que las mujeres que se encuentren cursando a partir del sexto mes de gestación, así como aquellas que permanezcan dentro de su primer año de lactancia materna, quedarán completamente exoneradas del pago de multas económicas por no acudir a votar o por no integrar las juntas receptoras del voto en los comicios seccionales convocados para el 29 de noviembre de 2026.
La disposición se sustenta en la reforma integral al Reglamento de Trámites en Sede Administrativa aprobada por el Pleno del organismo electoral, en cumplimiento estricto de una sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) el pasado 25 de marzo, orientada a tutelar los derechos fundamentales de las mujeres gestantes y en periodo de amamantamiento.
Requisitos y plazos para presentar la justificación
De conformidad con el artículo 13 de la normativa electoral vigente, las ciudadanas interesadas podrán ingresar su solicitud de justificación a partir del día siguiente de la jornada de sufragio de manera permanente. El trámite se receptará en las secretarías de las veinticuatro Delegaciones Provinciales Electorales del país o mediante los canales digitales oficiales del CNE.
Para acceder a la exoneración, en el caso de estado de gravidez se deberá adjuntar un certificado médico avalado por un profesional del Sistema Nacional de Salud (público o privado). Para las madres en periodo de lactancia, bastará con la presentación de la copia certificada de la partida de nacimiento o certificado digital emitido por el Registro Civil que demuestre que el infante tiene menos de doce meses de edad.
El fortalecimiento de derechos y la capacitación ciudadana forman parte de las políticas públicas inclusivas en el país, similar a lo que ocurre cuando conscriptos se gradúan en capacitación técnica del SECAP en Archidona, promoviendo oportunidades formativas y amparo institucional para la juventud ecuatoriana.
Resolución expedita en delegaciones provinciales
El reglamento establece que los directores de las delegaciones provinciales electorales deberán emitir su pronunciamiento aceptando o negando la justificación en un término improrrogable de tres días laborables contados a partir de la recepción formal del expediente. Dicha resolución será notificada al correo electrónico de la solicitante para su constancia legal.
Voto asistido y brigadas móviles de empadronamiento
Adicionalmente a la exoneración de multas pecuniarias, el CNE ratificó que mantendrá habilitada la modalidad de ‘Voto Preferente’ y ‘Voto Asistido’ en todos los recintos electorales del territorio nacional. Las mujeres en estado de gestación avanzada tendrán prioridad de ingreso a las mesas de votación sin necesidad de formar filas, y podrán solicitar el acompañamiento de una persona de su confianza si requieren asistencia física para depositar sus papeletas en las urnas.
El CNE recordó que las multas por no sufragar ascienden al 10 % de un Salario Básico Unificado (SBU), mientras que la inasistencia injustificada como miembro de mesa electoral conlleva una sanción equivalente al 15 % del SBU. Con esta reforma, miles de madres de familia contarán con seguridad jurídica y facilidades administrativas sin sufrir descuentos pecuniarios.




