En Ecuador, los contribuyentes que no presenten el Anexo de Gastos Personales a tiempo pueden enfrentarse a multas significativas, especialmente aquellos que no lo entreguen en el plazo establecido. El Servicio de Rentas Internas (SRI) establece un calendario tributario que marca las fechas límites de presentación de este documento y el Impuesto a la Renta, con sanciones crecientes para quienes no cumplan con las obligaciones tributarias.
El Anexo de Gastos Personales es obligatorio para todos los contribuyentes, tanto empleados bajo relación de dependencia como los trabajadores autónomos o freelancers que hayan superado ciertos ingresos en el año 2024. Esta herramienta permite que los contribuyentes reporten los gastos personales que realizaron durante el año fiscal, y con ello, puedan obtener una rebaja en el monto del Impuesto a la Renta que deberán pagar. Es importante que los contribuyentes sepan que la fecha de presentación del Anexo dependerá del noveno dígito de su cédula o Registro Único de Contribuyente (RUC).
El calendario tributario y sus plazos de declaración
El plazo para presentar el Anexo de Gastos Personales en febrero de 2025 varía dependiendo del noveno dígito del RUC o cédula de los contribuyentes. Aquellos que tengan el número “1” en su noveno dígito tienen hasta el 10 de febrero para cumplir con esta obligación. Por otro lado, la declaración del Impuesto a la Renta debe hacerse en marzo de 2025, también con fechas específicas para cada grupo según el noveno dígito. Es crucial que los contribuyentes se mantengan informados sobre las fechas correspondientes para evitar sanciones adicionales.
Multas por la presentación tardía del anexo y la declaración de impuestos
El incumplimiento de los plazos establecidos para la presentación del Anexo de Gastos Personales o la declaración del Impuesto a la Renta puede derivar en multas. Según la abogada tributaria Yael Fierro, las personas que no presenten el Anexo en el plazo establecido enfrentan una sanción de USD 30 si no están obligadas a llevar contabilidad, o de USD 45 si sí lo están. Además, el Impuesto a la Renta tiene tres escenarios de sanción dependiendo del tipo de error cometido, con multas que se calculan sobre el monto de la deuda tributaria.
Si el contribuyente no presenta la declaración del Impuesto a la Renta a tiempo, el SRI impone una multa del 3% del impuesto causado por cada mes de retraso. Esta sanción se aplica también si el contribuyente realiza la declaración fuera de plazo, con un límite de hasta el 100% del impuesto que debe pagar.
El anexo de gastos personales y la rebaja en el impuesto a la renta
Uno de los principales beneficios de presentar el Anexo de Gastos Personales es la posibilidad de acceder a una rebaja en el Impuesto a la Renta. Los gastos personales que pueden ser reportados incluyen educación, salud, vivienda, alimentación, entre otros. El valor de la rebaja se calcula en función de la canasta básica del año, y puede verse incrementado dependiendo del número de cargas familiares del contribuyente. Para quienes trabajan bajo relación de dependencia, este proceso es clave para ajustar la cantidad de impuesto que se les retuvo durante el año fiscal y solicitar posibles devoluciones si gastaron más de lo que proyectaron.
La diferencia entre el anexo y la proyección de gastos personales
Es importante entender que el Anexo de Gastos Personales no es lo mismo que la Proyección de Gastos Personales, que solo deben presentar los empleados bajo relación de dependencia. Los trabajadores deben presentar la Proyección de Gastos a sus empleadores como una estimación de los gastos anuales, mientras que el Anexo incluye los gastos reales del contribuyente. Aunque no se impone multa por no presentar la Proyección de Gastos, los trabajadores deben presentar obligatoriamente el Anexo de Gastos Personales y la declaración del Impuesto a la Renta dentro de los plazos establecidos.
Sanciones adicionales y recargos por omisiones
En los casos en que el SRI descubra que un contribuyente no ha cumplido con sus obligaciones tributarias, puede imponer un recargo del 20% sobre el monto del impuesto a pagar. Este recargo se aplica cuando el SRI debe intervenir para identificar la omisión del contribuyente, o cuando el impuesto no fue declarado correctamente. Además, el SRI cobra un porcentaje adicional por mora, que se calcula según la tasa activa referencial determinada por el Banco Central del Ecuador.
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