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Testimonio de empleo precario en Ecuador: Trabajo 10 horas al día por el salario básico y sin contrato laboral

Trabajadora en un establecimiento comercial como ejemplo del empleo precario en Ecuador y las condiciones laborales descritas en el reportaje.

El empleo precario en Ecuador continúa siendo una realidad para miles de trabajadores. Nancy, nombre protegido, asegura que trabaja más de 10 horas diarias de lunes a sábado por el salario básico unificado y bajo un contrato civil que, según relata, no contempla una relación laboral formal ni el acceso inmediato a beneficios como la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Su historia refleja las dificultades que enfrentan muchas personas para acceder a un empleo adecuado en un contexto donde, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), solo 36 de cada 100 ecuatorianos con empleo tenían un trabajo adecuado o pleno hasta mayo de 2026.

Empleo precario en Ecuador afecta a miles de trabajadores

De acuerdo con el INEC, el empleo adecuado implica cumplir una jornada de ocho horas y percibir al menos el Salario Básico Unificado (SBU), fijado en USD 482 para 2026.

El resto de la población ocupada se encuentra en categorías como subempleo, empleo no pleno o empleo no remunerado, condiciones que reflejan una mayor vulnerabilidad laboral.

Nancy forma parte de este grupo. La mujer, de 36 años, llegó a Quito desde una ciudad de la Sierra luego de que su situación familiar cambiara por completo. Madre de dos hijos, explica que tuvo que abandonar sus estudios universitarios por dificultades económicas y que desde entonces ha desempeñado diversos trabajos informales.

Según su testimonio, en esos empleos anteriores nunca recibió el salario básico completo ni fue afiliada al IESS.

El testimonio revela las dificultades del empleo precario en Ecuador

Nancy cuenta que recibió la oferta laboral con entusiasmo porque pensó que finalmente tendría estabilidad.

Antes de ser contratada realizó una prueba de tres días sin remuneración junto con otras postulantes. Posteriormente fue seleccionada para ocupar el cargo.

Su jornada laboral empieza a las 08:00 y termina a las 19:00, de lunes a sábado.

Con el paso de las semanas, afirma que conoció que en el establecimiento no se pagan horas extraordinarias y que la afiliación al IESS se realizaría únicamente después de un supuesto período de prueba de tres meses.

La trabajadora reconoce que conoce la posible irregularidad de esa situación, pero explica que continúa en el empleo porque necesita mantener a sus hijos.

Contrato civil y relación laboral generan dudas

Nancy relata que, semanas después de iniciar sus funciones, firmó un contrato civil de prestación de servicios.

El documento establece que presta sus servicios de manera autónoma e independiente y que no existe relación de dependencia.

Sin embargo, asegura que no emite facturas por su trabajo y que cumple un horario fijo, recibe instrucciones y desarrolla actividades permanentes dentro del establecimiento.

Además de atender clientes, también pesa y despacha productos, cobra en caja, limpia el local, organiza la bodega y carga bultos.

Según explica, tampoco existe una fecha fija para recibir el pago de su salario y, en ocasiones, los trabajadores deben recordar al empleador que corresponde cancelar la remuneración mensual.

Especialista explica las diferencias entre contrato laboral y civil

El docente de Business School de la UIDE, Omar Vaca, explicó que la principal diferencia entre un contrato laboral y un contrato civil de prestación de servicios es la existencia de una relación de dependencia.

En un contrato laboral existe subordinación, horario, remuneración mediante rol de pagos, afiliación obligatoria al IESS y acceso a beneficios previstos en el Código del Trabajo.

En cambio, un contrato civil supone autonomía para organizar las actividades, la posibilidad de prestar servicios a distintos clientes y el cobro mediante facturas por honorarios profesionales.

El especialista señala que, si una persona cumple horarios, recibe órdenes de un superior y realiza funciones permanentes dentro de una empresa, podría existir una relación laboral independientemente del tipo de contrato firmado.

Trabajadora en un establecimiento comercial como ejemplo del empleo precario en Ecuador y las condiciones laborales descritas en el reportaje.

Empleo precario en Ecuador también plantea desafíos legales

De acuerdo con el experto, cuando un contrato civil oculta una relación de dependencia, el empleador debe cumplir las obligaciones laborales establecidas por la normativa vigente, incluida la afiliación al IESS y el reconocimiento de beneficios laborales.

Añade que mantener trabajadores bajo un contrato civil para evitar esas obligaciones podría derivar en sanciones económicas previstas por la legislación.

Como primera alternativa, recomienda dialogar con el empleador o con el departamento de Talento Humano para solicitar la regularización de la situación.

Si no existe una respuesta favorable, el trabajador puede presentar una denuncia ante el Ministerio del Trabajo para que se realice la inspección correspondiente.

Mientras tanto, Nancy asegura que espera cumplir el período de prueba con la expectativa de obtener un contrato laboral formal, ya que, por ahora, afirma que no puede quedarse sin empleo debido a las responsabilidades económicas que mantiene con sus dos hijos.

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Fuente:

https://www.primicias.ec

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