El Gobierno de Ecuador anunció la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 8% en dos periodos específicos: el 25 de diciembre de 2024 y entre el 1 y el 5 de enero de 2025. Según el decreto presidencial N° 482, esta medida aplicará exclusivamente a las actividades relacionadas con el sector turístico, en un esfuerzo por promover la economía y fomentar el turismo interno durante estas festividades.
El artículo 1 del decreto detalla que esta rebaja temporal en el IVA, que normalmente se mantiene en el 15%, será obligatoria para todos los establecimientos turísticos. Por su parte, el artículo 3 exige a dichos negocios emitir facturas que reflejen la tarifa especial del 8%.
Contexto y alcance de la medida
La reducción del IVA al 8% coincide con el feriado extendido de enero, decretado previamente mediante el decreto 474 del 6 de diciembre, que añadió los días 2 y 3 de enero al descanso de Año Nuevo. Este feriado, uno de los más largos del 2025, será de carácter obligatorio y no recuperable, brindando a la ciudadanía la oportunidad de disfrutar de actividades recreativas y turísticas.
IVA del 15% en el resto del año
A pesar de esta medida temporal, el IVA mantendrá su tarifa regular del 15% durante el resto de 2025. Esta decisión, tomada por el Ejecutivo, responde a la necesidad de generar ingresos adicionales para financiar diversas necesidades fiscales, entre ellas, los costos derivados del conflicto armado interno.
Impacto esperado en el turismo y la economía
Con esta reducción, el Gobierno busca estimular el turismo interno y facilitar el acceso a servicios recreativos durante periodos clave del año. Esta estrategia también pretende aliviar a los sectores turísticos, que han sido afectados en años recientes, y fomentar una mayor participación ciudadana en las actividades nacionales.
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