Desde el mes de agosto, el Gobierno de Ecuador ha reafirmado los documentos requeridos para ingresar a Ecuador, tanto para ciudadanos nacionales como extranjeros. Estas medidas, alineadas con la Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH), tienen como objetivo garantizar un proceso migratorio ordenado, transparente y con pleno respeto a los derechos fundamentales de las personas.
Requisitos para ciudadanos ecuatorianos
Los ecuatorianos pueden ingresar al país sin restricciones. No obstante, deberán presentar al menos uno de los siguientes documentos requeridos para ingresar a Ecuador:
- Pasaporte ordinario.
- Cédula de identidad vigente.
- Pasaporte de emergencia.
- Salvoconducto válido.
Estos documentos son indispensables para verificar la identidad y garantizar un ingreso legal al territorio nacional.
Requisitos para ciudadanos extranjeros
Los extranjeros deben presentar documentos válidos para confirmar su identidad y nacionalidad. Entre los documentos requeridos para ingresar a Ecuador se aceptan:
- Pasaporte válido con al menos seis meses de vigencia.
- Cédula o DNI para ciudadanos suramericanos.
El personal de migración evaluará la situación migratoria conforme a la categoría invocada por el visitante al presentarse en el control fronterizo.
Ingreso de menores de edad
Los menores, ya sean ecuatorianos o extranjeros, pueden ingresar acompañados por sus padres o representantes legales. En caso de viajar solos o con terceros, deberán presentar una autorización formal. Esta debe ser emitida por quien tenga la patria potestad, una autoridad competente o conforme a la legislación vigente y los tratados internacionales aceptados por Ecuador.
Nacionalidades que requieren visa
Según el Acuerdo Interministerial No. 0000003, 24 nacionalidades requieren visa como parte de los documentos requeridos para ingresar a Ecuador. Entre ellas:
Afganistán, Angola, Bangladesh, Camerún, Cuba, Eritrea, Etiopía, Gambia, Ghana, Guinea, India, Irak, Kenia, Libia, Nepal, Nigeria, Pakistán, República Democrática del Congo, Corea del Norte, Senegal, Siria, Somalia, Sri Lanka y Venezuela (desde el 26 de agosto de 2019).
Formulario aduanero obligatorio
Desde el 29 de julio, todo viajero debe completar un formulario aduanero si transporta más de $10.000 en efectivo, joyas u otros documentos valorados. Esta declaración se debe entregar al personal del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (Senae) en los puntos de control.
Los documentos negociables al portador —como cheques, letras de cambio, bonos o acciones— también deben ser declarados.
Recomendaciones sanitarias para viajeros
El Ministerio de Salud Pública exhorta a todos los viajeros a vacunarse contra la fiebre amarilla antes de visitar provincias amazónicas. Esta medida preventiva aplica a todas las personas, sin importar su nacionalidad o estatus migratorio.
Asimismo, quienes provengan de zonas con brotes activos deben presentar su certificado internacional de vacunación. La inmunización es gratuita y debe aplicarse al menos 10 días antes del ingreso. Una dosis es suficiente para brindar protección permanente, conforme al Reglamento Sanitario Internacional (RSI).
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