Dos decretos ley de urgencia económica rechazados por la Corte Constitucional
En una sesión extraordinaria realizada el 28 de julio de 2023, el Pleno de la Corte Constitucional conoció y resolvió sobre las causas 3-23-UE y 4-23-UE relacionadas con dos decretos-ley emitidos por el presidente Guillermo Lasso.
DICTAMEN DESFAVORABLE PARA EL DECRETO DE APOYO FINANCIERO EDUCATIVO
El proyecto de decreto-ley denominado “Decreto Ley de Apoyo Financiero a Favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económicas” recibió un dictamen no favorable con ocho votos a favor y un voto salvado de la jueza constitucional Carmen Corral Ponce.
Según la Corte, aunque comprende el objetivo sensible del proyecto, no cumple con los criterios de urgencia económica establecidos por la jurisprudencia. Por tanto, es incompatible con el artículo 148 de la Constitución.
Se verificó que el problema abordado es estructural y no representa una circunstancia apremiante, ya que ha persistido durante más de una década y no fue considerado urgente por la Función Ejecutiva en el pasado. Además, el ordenamiento jurídico ya contempla competencias ejecutivas para abordar parte de esta problemática, lo que hace innecesario recurrir a una medida extraordinaria.
Finalmente, se destacó que incluso si se considerara apremiante, la implementación del proyecto llevaría más de 60 días, superando el período en el que ya estará en funciones la nueva Asamblea Nacional.
DICTAMEN DESFAVORABLE PARA EL DECRETO DE REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL
El proyecto de decreto-ley denominado “Decreto Ley de Reestructuración Empresarial” recibió un dictamen no favorable por unanimidad, con votos concurrentes de la jueza constitucional Carmen Corral Ponce y el juez constitucional Richard Ortiz Ortiz.
La Corte identificó que solo una de las tres circunstancias alegadas por el presidente, relacionada con el fenómeno de El Niño, podría considerarse apremiante. Sin embargo, las medidas propuestas no guardan relación con esta circunstancia y no surtirían efectos inmediatos, permitiendo esperar hasta la instalación de la nueva Asamblea Nacional.
Además, el proyecto aborda un marco regulatorio concursal completamente nuevo, con disposiciones que exceden la respuesta a la situación apremiante invocada.
También se determinó que el proyecto es incompatible con los artículos 326 numeral 2 y 328 de la Constitución, al contemplar la renuncia de los derechos de los trabajadores y establecer excepciones al privilegio de las acreencias laborales.
Recomendaciones y posibilidades futuras
La Corte hace un llamado a las autoridades electas para buscar soluciones sistemáticas y eficaces para los problemas abordados en los decretos-ley.
A pesar del dictamen desfavorable, se deja abierta la posibilidad para que el próximo presidente de la República presente proyectos de ley sobre las mismas temáticas para ser tratados por la Asamblea Nacional cuando entre en funciones. La Corte destaca que no es insensible a las necesidades empresariales y dificultades económicas que enfrentan.
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