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Asamblea Nacional archiva reformas contra los camisetazos tras veto de Noboa

Asamblea Nacional

Actualizada:

3 min de lectura
EN SÍNTESIS | LO QUE DEBES SABER
  • El Pleno trató el veto presidencial en la sesión 065, realizada el 27 de enero de 2026.
  • La propuesta reformaba el artículo 171 de la ley vigente y definía nuevas faltas administrativas muy graves para los legisladores.
  • El texto planteaba castigos para los asambleístas que se apartaran sin justificación de las decisiones de su bancada.

La Asamblea Nacional no logró los 101 votos requeridos para ratificar las reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa, luego del veto total del presidente Daniel Noboa, que frenó las sanciones al transfuguismo político.

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Falta de votos bloquea las reformas legislativas

El Pleno trató el veto presidencial en la sesión 065, realizada el 27 de enero de 2026. El proyecto había sido aprobado en segundo debate en diciembre de 2024, pero la objeción total del Ejecutivo impidió su entrada en vigencia.

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La propuesta reformaba el artículo 171 de la ley vigente y definía nuevas faltas administrativas muy graves para los legisladores.

Asamblea Nacional

Sanciones por romper la disciplina de bancada

El texto planteaba castigos para los asambleístas que se apartaran sin justificación de las decisiones de su bancada. La norma permitía excepciones por objeción de conciencia o por salida voluntaria del bloque político.

Las sanciones incluían suspensiones sin remuneración de entre 31 y 90 días. En los casos más graves, la suspensión podía extenderse hasta tres meses.

Inasistencias reiteradas también eran sancionadas

La reforma también establecía sanciones por ausencias injustificadas a más de cinco sesiones consecutivas. La medida aplicaba al Pleno, al Consejo de Administración Legislativa y a las comisiones.

Estas conductas se clasificaban como faltas administrativas muy graves.

Ejecutivo advierte vulneración de derechos

Daniel Noboa argumentó que la reforma vulnera la libertad de decisión de los legisladores. Señaló que la Constitución protege el derecho a opinar y votar sin presiones políticas.

El presidente citó el artículo 66 de la Carta Magna, que garantiza la libertad de expresión.

Cambios al juicio político fueron rechazados

El Ejecutivo también vetó la creación de una comisión pluripartidista temporal. A criterio del Gobierno, la propuesta otorgaba atribuciones imprecisas a un órgano sin carácter permanente.

Noboa también rechazó las reformas al procedimiento de juicio político. Indicó que estas afectaban el derecho a la defensa y el manejo de información reservada.

Mayoría insuficiente en la votación

La bancada de la Revolución Ciudadana alcanzó 62 votos a favor de la ratificación. En contra votaron 72 legisladores de Acción Democrática Nacional y aliados.

El asambleísta oficialista Marco Olmedo afirmó que la ley debe ser clara, técnica y equilibrada, sin convertirse en un mecanismo de persecución política.

La ley no podrá tratarse hasta 2027

La Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que un proyecto vetado totalmente solo puede revisarse después de un año. Cumplido ese plazo, la Asamblea Nacional podrá tratarlo en un solo debate.

Para su aprobación, necesitará nuevamente una mayoría calificada de 101 votos.

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Fuente:

Evelin Gómez

Escrito por:

Periodista y licenciada en comunicación. Cubre la fuente de economía popular, finanzas familiares, sociedad y desarrollo comunitario en las principales provincias del Ecuador.

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