El Tribunal Contencioso Electoral resolvió inadmitir siete denuncias presentadas contra ministros del gobierno del presidente Daniel Noboa, al considerar que no tiene competencia para conocer este tipo de causas.
La decisión fue adoptada por cinco jueces del organismo electoral, quienes analizaron las acciones interpuestas por el asambleísta Christian Hernández, integrante de la bancada de la Revolución Ciudadana. Las denuncias señalaban presuntas irregularidades cometidas durante el proceso previo al referéndum y consulta popular.
Ministros denunciados y jueces asignados
Las acciones legales se dirigieron contra siete integrantes del gabinete ministerial. Entre ellos constan los titulares de Trabajo, Infraestructura y Transporte, Producción, Telecomunicaciones, Desarrollo Humano, Ambiente y Energía, y Defensa.
Las causas fueron distribuidas entre los magistrados del Tribunal Contencioso Electoral de acuerdo con el sistema interno de asignación. Cada juez sustanció una o dos denuncias, según el caso, antes de emitir su respectiva resolución.

Razones jurídicas para la inadmisión
El criterio aplicado por los jueces fue unánime. Determinaron que los hechos denunciados no configuran infracciones electorales, sino posibles contravenciones electorales, cuya competencia corresponde al Consejo Nacional Electoral.
En las resoluciones se señala que el denunciante no diferenció adecuadamente entre ambos conceptos establecidos en el Código de la Democracia, lo que impide que el Tribunal actúe de forma directa.
Rol del Consejo Nacional Electoral
El Tribunal aclaró que las contravenciones electorales deben ser conocidas inicialmente por el Consejo Nacional Electoral. Solo después de una resolución administrativa previa se habilita la competencia del TCE mediante un proceso de apelación.
Este requisito legal fue uno de los principales fundamentos para rechazar las denuncias sin entrar al análisis de fondo.
Contexto de las denuncias
El asambleísta Christian Hernández acusó a los ministros de haber difundido opiniones en medios digitales que podrían influir en el electorado, dentro del período de prohibición establecido por la normativa electoral.
Los hechos denunciados estarían relacionados con publicaciones realizadas en las 48 horas previas a la jornada electoral y hasta el cierre de las urnas, en el marco del referéndum y consulta popular del 16 de noviembre de 2025.
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