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Guardia de seguridad es procesado por homicidio de joven grafitero

Operativo policial e investigación en escena de los hechos en Quito

Actualizada:

5 min de lectura
  • La Fiscalía formuló cargos por presunto homicidio en contra de un celador privado en el norte de Quito.
  • El fallecido era un joven de 21 años que realizaba intervenciones de arte urbano en la fachada de un inmueble comercial.
  • El juez de flagrancia dictó medidas cautelares y prohibición de salida del país mientras se sustancia la instrucción fiscal.

Un guardia de seguridad privada fue formalmente procesado por el presunto delito de homicidio, tras disparar su arma de dotación en contra de un joven de 21 años que se encontraba realizando un grafiti en el cerramiento de un local comercial en el norte de Quito. El suceso ha reabierto el debate nacional sobre los límites de la fuerza y el protocolo de uso de armamento letal por parte de custodios particulares.

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Circunstancias del hecho violento en el norte de la capital

De acuerdo con las grabaciones de cámaras de videovigilancia barrial y los primeros partes policiales, el joven y un acompañante estaban pintando una pared exterior en horas de la madrugada cuando fueron sorprendidos por el celador. Tras un intercambio verbal, el agente de seguridad accionó su revólver calibre 38 milímetros, impactando al artista urbano en la región intercostal, herida que le provocó la muerte minutos después en el lugar de los hechos.

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En la audiencia de calificación de flagrancia desarrollada en la Unidad Judicial Penal de Pichincha, el fiscal de turno imputó al celador bajo los preceptos del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal. Aunque la defensa técnica del implicado argumentó legítima defensa y presunta agresión física previa, la Fiscalía General del Estado sostuvo que no existió proporcionalidad en el medio empleado para repeler la contravención de daño a la propiedad privada.

Formulación de cargos y medidas dictadas por el juez

El juez de garantías penales dispuso la medida cautelar de prisión preventiva contra el imputado, otorgando un plazo de 30 días para la instrucción fiscal en la que se practicarán peritajes de trayectoria balística y reconstrucción de los hechos.

Los hechos relacionados con la seguridad ciudadana y la legalidad del empleo de armas ocupan un lugar relevante en la agenda periodística de crónica judicial y seguridad urbana en el país. Representantes de organizaciones de derechos humanos citados por Agencia EFE recordaron que la normativa internacional prohíbe el uso de fuerza letal frente a infracciones que no comprometan de forma inminente la vida humana, instando al Ministerio del Interior a fiscalizar los cursos de capacitación táctica y psicológica de las empresas de seguridad que operan en Ecuador.

Colectivos de arte urbano y organizaciones juveniles de Quito realizaron plantones pacíficos en los exteriores del complejo judicial para exigir justicia y rechazar la criminalización de las expresiones artísticas juveniles. Los manifestantes cuestionaron el uso desmedido de armamento letal por parte de custodios particulares frente a faltas que en el marco legal municipal se sancionan con multas o trabajo comunitario.

Gremios de empresas de seguridad privada recordaron que los celadores y guardias deben someterse a estrictas evaluaciones psicológicas periódicas y capacitaciones tácticas avaladas por el Ministerio del Interior. En este caso particular, los investigadores de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida (Dinased) verifican si el arma percutida contaba con los permisos de tenencia vigentes y si el vigilante tenía la acreditación profesional para portarla durante su turno de vigilancia.

El proceso judicial entrará en una fase determinante en los próximos días con la toma de declaraciones a testigos presenciales, comerciantes de la zona y familiares del artista fallecido. La instrucción fiscal determinará si la conducta del acusado encaja en homicidio con agravantes o si concurren elementos de culpa por negligencia en el empleo de la fuerza, sentando un precedente judicial de suma importancia para regular el accionar de la seguridad armada privada en el país.

El lamentable hecho ha generado conmoción en los barrios del norte de Quito, donde vecinos y colectivos vecinales han debatido sobre la convivencia urbana, el valor del espacio público y la desproporción de la violencia armada frente a manifestaciones artísticas juveniles. Líderes barriales solicitaron al Municipio de Quito habilitar más muros libres para la expresión cultural y el arte urbano en parques y plazas de la capital.

Entidades dedicadas a la formación en derechos humanos recordaron que las empresas de seguridad privada tienen el deber legal de capacitar a su personal en resolución pacífica de conflictos y técnicas de contención verbal no letal, reduciendo al mínimo indispensable el desenfunde de revólveres en áreas de concurrencia pública.

El desenlace de esta instrucción fiscal marcará un precedente de suma trascendencia en la jurisprudencia penal ecuatoriana respecto a la responsabilidad civil y penal de las agencias de custodia privada, reforzando la obligación de actuar siempre con racionalidad, proporcionalidad y apego irrestricto al derecho a la vida.

Organizaciones de derechos humanos reiteraron que el empleo de armas letales por parte de custodios particulares debe estar estrictamente limitado a situaciones de riesgo inminente para la vida humana.

Especialistas en criminología y derecho penal enfatizan que las empresas prestadoras de seguridad deben supervisar de manera permanente la idoneidad y el temple de los vigilantes asignados a zonas urbanas complejas.

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