Fallo de la Corte Constitucional y Desarrollo del Campo ITT
El dirigente empresarial, Roberto Aspiazu, cuestiona el fallo de la Corte Constitucional que autoriza la Consulta Popular sobre la explotación del Bloque 43 del Yasuní ITT. Explica que en 2013, la Asamblea Nacional habilitó el desarrollo del campo ITT y desde entonces se han establecido relaciones entre el Estado y terceros a través de Petroecuador. Aspiazu critica que la ley pretenda ser retroactiva después de diez años.
Consulta Popular Desinformada
Bajo la perspectiva de Aspiazu, la consulta popular sobre el Bloque 43 se realizará de forma desinformada, con una pregunta que genera confusión. Además, señala que el tema se remonta diez años atrás, mientras que durante todo ese tiempo, el bloque ha estado recibiendo inversiones extranjeras y extrayendo petróleo de los pozos desde 2016. Esto llama la atención, ya que el asunto no ha sido debatido a nivel nacional durante una década.
Posición de la Cámara de Energía del Ecuador
Aspiazu menciona que la posición de la Cámara de Energía del Ecuador es en contra de la consulta popular sobre el Bloque 43 del Yasuní ITT.
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