El reglamento de ley para prevenir y erradicar la malnutrición fue oficialmente expedido por el Gobierno Nacional. La vicepresidenta María José Pinto firmó el Decreto Ejecutivo 211, consolidando un marco normativo histórico para enfrentar la desnutrición infantil en Ecuador.
Marco Jurídico Publicado en Registro Oficial para Combatir la Desnutrición
La vicepresidenta Pinto, actuando como presidenta encargada, firmó este miércoles 12 de noviembre el Decreto Ejecutivo No. 211. Mediante este instrumento se expide el reglamento de ley que busca prevenir y erradicar la malnutrición, desarrollando la normativa recientemente aprobada por la Asamblea Nacional.
Por tanto, el documento fue publicado en el Registro Oficial Séptimo Suplemento No. 164 el 14 de noviembre de 2025. Asimismo, establece un marco operativo obligatorio para todas las entidades de la Función Ejecutiva, gobiernos autónomos descentralizados (GAD) y demás instituciones vinculadas al abordaje nutricional en territorio nacional, asegurando preventivamente combatir la malnutrición.
Objetivo Central: Protección Integral de la Primera Infancia
De acuerdo con la normativa, el objetivo central es establecer mecanismos, procedimientos y acciones intersectoriales para prevenir, reducir y erradicar la malnutrición. El reglamento de ley para prevenir y erradicar la malnutrición se orienta específicamente a fortalecer la atención integral de niñas y niños menores de seis años.
Además, el reglamento incorpora definiciones técnicas fundamentales como anemia por deficiencia de hierro, desnutrición aguda, desnutrición crónica infantil, desnutrición global y emaciación. Igualmente, incluye conceptos como hambre oculta, evidencia científica y paquete priorizado de bienes y servicios, ordenando la intervención estatal en esta materia crítica.
Comité Intersectorial: Coordinación y Monitoreo de Políticas Públicas
La norma dispone la conformación de un Comité Intersectorial para la prevención y reducción de la desnutrición infantil. Este órgano será responsable de formular, coordinar, articular, monitorear y evaluar la implementación de la política pública nacional, siempre dentro del marco del reglamento para prevenir y erradicar la malnutrición.
Entre los componentes esenciales del reglamento se incluyen la conformación del comité, la definición de la política pública y el plan estratégico intersectorial. Por otra parte, contempla acciones de prevención de la malnutrición, educación alimentaria y nutricional, seguimiento estadístico y la creación de un Sistema Unificado y Universal de Seguimiento Nominal.
Paquete Priorizado: Servicios Integrales desde la Gestación
El enfoque central garantiza que cada niña y niño, desde la gestación hasta los 6 años, reciba un paquete priorizado de bienes y servicios. Este paquete comprende servicios de salud, desarrollo infantil integral, educación y registro oportuno.
Asimismo, incluye acceso a vivienda, prestación de agua potable y saneamiento, además de la actualización del registro social. Todas estas acciones se ejecutarán de manera articulada entre las instituciones responsables, adheriéndose al mandato del reglamento que busca erradicar la malnutrición.
Prevención de Malnutrición por Exceso y Educación Alimentaria Escolar
La normativa también incorpora un capítulo específico sobre la prevención de la malnutrición por exceso. Igualmente, refuerza la educación alimentaria y nutricional en instituciones educativas, enfrentando problemas como el sobrepeso y la obesidad infantil desde la escuela.
Finalmente, desde el Ejecutivo se destacó que la expedición del reglamento de ley para prevenir y erradicar la malnutrición ratifica el compromiso del Gobierno Nacional con la primera infancia. Por ende, se dotan herramientas jurídicas y operativas a las entidades competentes para avanzar en la reducción de la desnutrición y otras formas de malnutrición en el país.
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