La Asamblea Nacional aprobó reformas a la Ley de Tránsito que restringen la circulación de ‘scooters’ y motos eléctricas en autopistas y vías perimetrales de Ecuador. Con 87 votos a favor, el pleno legislativo despachó el proyecto de ley que además establece nuevas regulaciones obligatorias para repartidores de delivery y dispone una auditoría a los municipios en materia de tránsito.
Nuevas reglas para la micromovilidad y restricción en vías rápidas
La normativa aprobada define a los ‘scooters’ y motos eléctricas como vehículos de movilidad personal destinados a la micromovilidad urbana. La regulación determina que estos medios de transporte unipersonales y de baja velocidad solo podrán transitar por infraestructuras urbanas habilitadas por los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) y la normativa técnica nacional.
El texto legal prohíbe expresamente que estos vehículos de micromovilidad circulen por:
- La red vial estatal.
- Vías perimetrales.
- Autopistas.
- Tramos o vías restringidas por razones de seguridad vial.
Asimismo, la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (ANT) deberá establecer la clasificación, condiciones técnicas, límites de velocidad y equipamiento mínimo de seguridad para estas unidades.
Requisitos obligatorios y multas para conductores de delivery
Los trabajadores de transporte comercial de carga liviana a domicilio en motocicletas deberán cumplir con el registro obligatorio ante la ANT. La reforma contempla que los conductores acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos para operar:
- Poseer licencia de conducir para motocicletas.
- Usar casco homologado con el número de placa visible, legible y reflectivo.
- Llevar chaleco reflectivo con el número de placa impreso.
- Utilizar contenedores o mochilas que no afecten la estabilidad del vehículo ni oculten placas o luces.
- Inscribirse en el Registro Nacional de Conductores y Vehículos.
Los repartidores extranjeros deberán portar su pasaporte original con la visa o sello de ingreso vigente. El incumplimiento de estas disposiciones se sancionará como contravención de cuarta clase, con una multa equivalente al 30% del Salario Básico Unificado (SBU).
Auditoría a los municipios y control de fotorradares
La reforma dispone que la ANT elabore un informe técnico en un plazo de 180 días sobre el ejercicio de las competencias de tránsito de todos los municipios del país. Los resultados se remitirán al Consejo Nacional de Competencias, organismo que podrá suspender temporalmente dichas facultades si detecta irregularidades.
Adicionalmente, el texto legal fortalece la presencia de la Policía Nacional en el control de la Red Vial Estatal e implementa la «tercera placa» como identificación electrónica vehicular. La ley prohíbe que empresas privadas reciban porcentajes o incentivos económicos calculados sobre el valor de las multas recaudadas por fotorradares.
El proyecto de 78 artículos fue aprobado con el apoyo del bloque oficialista Acción Democrática Nacional (ADN), Pachakutik e independientes, mientras que la bancada de Revolución Ciudadana se abstuvo. El documento pasará al Ejecutivo para su eventual veto o promulgación en el Registro Oficial.
Preguntas frecuentes
¿Por dónde no pueden circular los ‘scooters’ y motos eléctricas?
Según las reformas a la Ley de Tránsito, estos vehículos de micromovilidad no pueden circular por autopistas, red vial estatal, vías perimetrales ni tramos con restricciones específicas por motivos de seguridad vial.
¿Cuál es la multa para repartidores de delivery que incumplan la norma?
Los conductores que no cumplan con el registro, el casco u otros requisitos obligatorios cometen una contravención de cuarta clase, sancionada con una multa del 30% del Salario Básico Unificado.
¿Qué plazo tiene la ANT para auditar las competencias de los municipios?
La Agencia Nacional de Tránsito dispone de un plazo de 180 días a partir de la publicación de la ley para elaborar un informe técnico sobre la gestión del tránsito en los municipios.
Conclusión
Las reformas a la Ley de Tránsito establecen un nuevo marco legal que ordena la micromovilidad urbana y exige el registro obligatorio del servicio de delivery en Ecuador. Con el envío del texto al Ejecutivo, el país avanza hacia un mayor control vial que prohíbe la circulación de ‘scooters’ y motos eléctricas por autopistas y fortalece la fiscalización técnica en los municipios.
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