Reducción del Número de Asambleístas Irá a Referéndum: Corte Constitucional Emite Dictámenes Clave

Edificio de la Corte Constitucional del Ecuador donde se aprobó el referéndum sobre reducción del número de asambleístas

Autor:

Actualizada:

La Corte Constitucional emitió este viernes varios dictámenes sobre temas cruciales para la coyuntura nacional. Entre las resoluciones más importantes destaca la autorización para que la propuesta de reducción del número de asambleístas pueda someterse a consulta popular mediante referéndum. Además, el tribunal limitó el alcance del estado de excepción decretado durante el paro nacional.

- Anuncio -

El máximo organismo judicial del Ecuador tomó decisiones que impactarán directamente en la estructura política del país. Asimismo, estableció límites constitucionales a las medidas de emergencia implementadas por el Ejecutivo en diversas provincias, sin afectar la propuesta clave sobre reducir asambleístas.

Propuesta de reducción del número de asambleístas cumple requisitos constitucionales

La Corte Constitucional resolvió que la enmienda enviada por la Presidencia de la República cumple con los parámetros exigidos. Según el tribunal, la propuesta de reducción del número de asambleístas posee claridad, precisión y neutralidad establecidas en la Constitución. Por tanto, procede la convocatoria a referéndum.

Con esta decisión, la ciudadanía ecuatoriana tendrá la última palabra sobre la estructura del Legislativo. El pronunciamiento permite avanzar con el proceso de consulta popular para modificar la conformación de la Asamblea Nacional, específicamente enfocándose en menos asambleístas.

- Anuncio -

Estado de excepción limitado solo a dos provincias

Respecto a los decretos ejecutivos 134 y 146, la Corte determinó condiciones específicas de validez. El estado de excepción solo se justifica en las provincias de Carchi e Imbabura. El tribunal constató en estos territorios la ocurrencia de hechos que configuran grave conmoción interna.

En contraste, el organismo declaró inconstitucional la medida en Pichincha, Cotopaxi, Bolívar, Azuay, Santo Domingo de los Tsáchilas y Chimborazo. La resolución se fundamenta en que no se demostró una situación que justifique tales restricciones constitucionales.

Eliminación del toque de queda por desproporcionalidad

El tribunal constitucional eliminó el toque de queda impuesto en varias provincias del país. Consideró esta restricción desproporcionada y contraria al derecho fundamental de libre tránsito. No obstante, mantuvo la limitación del derecho de reunión en Carchi e Imbabura, mientras que otro enfoque se mantuvo en la reducción del número de asambleístas.

Igualmente, la Corte autorizó el empleo de la fuerza pública exclusivamente en estas dos provincias. La medida debe aplicarse bajo estricta observancia del respeto a la protesta pacífica y los derechos humanos.

Rechazo a enajenación de bienes del patrimonio cultural

La Corte descartó rotundamente otra propuesta presentada por la Asamblea Nacional. Esta iniciativa buscaba permitir la venta de inmuebles pertenecientes al patrimonio cultural del Estado. El máximo tribunal concluyó que esta enmienda altera la estructura fundamental de la Constitución.

Además, el organismo determinó que la propuesta vulnera el principio de intangibilidad del patrimonio cultural ecuatoriano. En consecuencia, esta enmienda no podrá tramitarse bajo ninguna circunstancia, contrario al apoyo parcial para reducir el número de asambleístas.

Pronunciamiento sobre leyes de Solidaridad e Integridad

Finalmente, la Corte resolvió los pedidos de aclaración presentados por diversas instituciones estatales. La Presidencia, el Servicio de Rentas Internas, el Banco Central y la Asamblea Nacional solicitaron precisiones sobre sentencias anteriores. Estas sentencias declararon inconstitucionales las leyes orgánicas de Solidaridad e Integridad.

El tribunal rechazó tales solicitudes categóricamente. Argumentó que sus fallos son claros, completos y de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Estado. La decisión sobre la reducción del número de asambleístas quedó habilitada para consulta popular, mientras que las demás resoluciones establecen límites constitucionales a las acciones del Ejecutivo y el Legislativo.

Te puede interesar:

Alias ‘Fede’, cabecilla del grupo criminal Los Águilas, ya está recluido en La Roca

NUESTRAS REDES SOCIALES
MENÚ
Logo Panorama