El proyecto de Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, presentado el 29 de julio de 2025, plantea nuevas reglas tributarias. En particular, propone un nuevo impuesto para empresas que no repartan utilidades a accionistas, además de cambios en la tarifa del Impuesto a la Renta sobre dividendos.
Cambios para fundaciones y empresas con utilidades
En primer lugar, el proyecto impulsado por el Ejecutivo busca modificar el régimen aplicable a fundaciones sin fines de lucro. No obstante, el nuevo impuesto para empresas que no repartan utilidades a accionistas también marca un giro en la política fiscal hacia el sector privado.
Actualmente, las compañías deben distribuir un 15% de sus utilidades a los trabajadores. Posteriormente, pagan un 25% de Impuesto a la Renta sobre las ganancias. Después de estos pagos, se genera un remanente de utilidades que puede ser reinvertido o distribuido entre los accionistas como dividendos.
Subirá la tarifa de impuesto a dividendos
El proyecto plantea aumentar del 10% al 12% la tarifa del Impuesto a la Renta sobre dividendos para residentes en Ecuador. Así lo explicó la abogada tributaria Yael Fierro, quien además detalló una nueva exoneración parcial.
Por ejemplo, si una persona recibe USD 1.000 en dividendos, quedará exenta, ya que la franja de exoneración equivale a tres salarios básicos (USD 1.410). En cambio, si recibe USD 1.500, deberá pagar el impuesto sobre la diferencia de USD 90.
Nuevo impuesto para empresas que no repartan utilidades
Uno de los elementos centrales del proyecto es el nuevo impuesto para empresas que no repartan utilidades a accionistas. En la actualidad, muchas compañías optan por acumular dividendos durante varios años, según su disponibilidad de liquidez.
Según la abogada Fierro, se han registrado casos de acumulación desde 2012. Estas prácticas no son ilegales, pero con la nueva normativa se penalizarán mediante una tarifa impositiva adicional que va del 0,75% al 2,50%.
Este tributo se aplicará si las utilidades no distribuidas superan los USD 100.000. Por tanto, las empresas tendrán hasta el 31 de julio de cada año para repartir dividendos y evitar el cobro adicional.
Repercusiones para el sector empresarial
El abogado tributario Javier Bustos sostiene que la norma afectará a empresas que suelen reinvertir utilidades. A criterio del experto, no siempre se reparten los dividendos, pues es habitual destinar parte de las ganancias a fortalecer las operaciones del negocio.
No obstante, si la ley entra en vigencia, las compañías enfrentarán una disyuntiva: distribuir dividendos para evitar el nuevo tributo o asumir un impuesto por la acumulación. Esto representa un giro relevante para la planificación fiscal de las sociedades en Ecuador.
Fuente: PRIMICIAS
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