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Multas del CNE para miembros de mesa: ¿qué pasa si no te capacitas o no asistes a la junta?

multas del CNE

Actualizada:

El Consejo Nacional Electoral (CNE) inició el periodo de capacitación presencial obligatoria para los ciudadanos designados como Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV). Las multas del CNE están contempladas para quienes no cumplan con esta responsabilidad. La capacitación se desarrolla del 7 de septiembre al 29 de noviembre de 2026.

Durante la jornada electoral, los integrantes de mesa deberán cumplir varias funciones. Entre ellas están instalar la junta, recibir los votos, realizar el escrutinio y entregar el material electoral.

¿Cuáles son las multas del CNE por no capacitarse o faltar a la mesa?

La legislación electoral establece sanciones económicas para los ciudadanos que incumplan con las obligaciones asignadas como miembros de mesa.

Las multas del CNE se calculan tomando como referencia el Salario Básico Unificado (SBU). El monto depende del tipo de incumplimiento registrado durante el proceso electoral.

Estas son las principales sanciones establecidas:

  1. No asistir a la capacitación obligatoria: multa equivalente al 10% del SBU.
  2. No presentarse a integrar la mesa: multa equivalente al 15% del SBU.
  3. Impedir o permitir votos de forma irregular: sanción equivalente a 3 SBU.
  4. Abandonar la junta sin justificación: retirarse antes de terminar el escrutinio y firmar las actas puede generar una multa de 6 a 10 SBU.

Esta última infracción también puede provocar la suspensión de los derechos de participación ciudadana hasta por seis meses.

Por ello, los ciudadanos seleccionados como MJRV deben cumplir tanto con la capacitación como con su presencia durante la jornada electoral.

¿Qué funciones cumplen los miembros de mesa?

Los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto cumplen un papel fundamental durante las elecciones.

Su trabajo comienza con la instalación de la junta. Posteriormente, deben recibir y verificar los votos de los ciudadanos habilitados para sufragar.

Después del cierre de la votación, los miembros realizan el escrutinio de las papeletas. Finalmente, deben embalar y entregar el material electoral para su traslado a los centros de procesamiento.

El cumplimiento de estas tareas busca garantizar que el proceso electoral se desarrolle de acuerdo con los procedimientos establecidos.

¿Cuándo se puede justificar una falta y evitar una multa?

El artículo 292 del Código de la Democracia contempla determinadas excepciones para quienes no puedan cumplir con estas obligaciones.

Entre las causales de justificación están las afecciones de salud, siempre que sean respaldadas mediante un certificado médico oficial.

También se consideran los impedimentos legales y situaciones de calamidad doméstica grave ocurridas durante el día de las elecciones o en los ocho días anteriores.

La normativa contempla además determinadas exoneraciones para ciudadanos que se encuentren fuera del país. También incluye a quienes retornen a Ecuador el día de los comicios.

Otra de las excepciones corresponde a las personas que tienen derecho al voto facultativo.

¿Cómo solicitar la exoneración de las multas del CNE?

Los ciudadanos que consideren que tienen una causal válida deben realizar el trámite correspondiente ante la Delegación Provincial Electoral.

El procedimiento es gratuito. Sin embargo, se debe presentar la documentación que permita demostrar la causal de justificación alegada.

Por ello, quienes no puedan acudir a la capacitación o integrar la junta deben conservar los documentos que respalden su situación.

Las multas del CNE buscan garantizar que los ciudadanos seleccionados cumplan con esta responsabilidad electoral. A la vez, la normativa establece mecanismos para justificar determinadas situaciones que impidan cumplir con la obligación.

Por esta razón, los ciudadanos designados como miembros de mesa deben revisar el calendario de capacitación y conocer tanto sus obligaciones como las causales de exoneración contempladas en la ley.

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Fuente:

vistazo.com

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