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¿Qué es el montepío del IESS, cuándo se accede al beneficio y cuándo se lo pierde?

Formulario de solicitud del montepío del IESS para viudez, orfandad o dependencia económica en Ecuador.

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El montepío del IESS es una pensión mensual otorgada a familiares dependientes económicamente de afiliados o jubilados fallecidos. En Ecuador, más de 7.000 personas reciben este beneficio por viudez u orfandad, según el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

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Este beneficio está dirigido a viudas, cónyuges, hijos menores de edad, hijos con discapacidad y padres dependientes económicamente. Sin embargo, el montepío del IESS no es vitalicio y se puede perder en varios escenarios:

  • Si el beneficiario de la pensión de viudez contrae matrimonio o se comprueba unión libre.
  • Si el beneficiario de orfandad cumple 18 años y no está incapacitado para trabajar.
  • Si un hijo mayor con discapacidad recupera su capacidad laboral o mejora su situación económica.
  • Si el padre o madre incapacitado mejora su condición económica.

¿Cuánto se recibe por el montepío del IESS?

Si solo existe un beneficiario (viuda o viudo), este recibirá el 60% de la pensión que habría recibido el afiliado al jubilarse. Si existen hijos menores o padres con derecho, el 40% restante se divide proporcionalmente entre ellos.

¿Quién genera el derecho al montepío?

  • Jubilados fallecidos que recibían pensión por invalidez, vejez o discapacidad.
  • Afiliados activos que hayan aportado al menos 60 meses (5 años) o estén dentro del período de protección del seguro de muerte.

Beneficiarios del montepío del IESS

  • Cónyuges o convivientes del afiliado o jubilado fallecido.
  • Hijos e hijas menores de 18 años o con discapacidad que no pueden trabajar.
  • A falta de los anteriores, el padre o madre del fallecido que dependían económicamente de él.

Cómo solicitar el montepío del IESS

El trámite se realiza en la web oficial del IESS (www.iess.gob.ec):

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  1. Ir a «Trámites Virtuales» y seleccionar «Pensionistas».
  2. Ingresar a la sección ‘Viudez y orfandad’.
  3. Registrar los datos y generar la solicitud.
  4. Imprimir el formulario y presentarlo con los documentos requeridos.

Documentos generales

  • Certificado de defunción.
  • Cédula de identidad y estado civil del solicitante.
  • Certificado de cuenta bancaria.
  • Certificado de matrimonio o prueba legal de convivencia si aplica.

Documentos adicionales según el caso:

Para hijos menores o con discapacidad:

  • Certificados médicos de incapacidad.
  • Croquis del domicilio.

Para padres:

  • Certificado de nacimiento del causante.
  • Exámenes médicos si tienen discapacidad.

El montepío del IESS es un derecho para quienes dependían económicamente del asegurado fallecido, pero es importante cumplir con todos los requisitos y condiciones para mantenerlo.

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Fuente:

https://www.primicias.ec/

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