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María accede a la primera eutanasia realizada en Ecuador

primera eutanasia

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El pasado 8 de mayo de 2025, Ecuador vivió un momento trascendental en su historia legal y médica. María, una mujer que padecía cáncer de mama en etapa avanzada, se convirtió en la primera persona en el país en acceder voluntariamente a un procedimiento de eutanasia. El hecho ocurrió en la ciudad de Guayaquil y marca un antes y un después en la legislación ecuatoriana sobre el derecho a morir dignamente.

primera eutanasia

María, consciente del sufrimiento causado por su enfermedad terminal, decidió ejercer su derecho a una muerte digna. Para ello, interpuso una medida cautelar ante una jueza constitucional. Solicitó que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) emita los protocolos necesarios para llevar a cabo el procedimiento de eutanasia.

La jueza falló a favor de su petición, ordenando que el IESS no solo establezca los protocolos, sino que conforme un comité encargado de evaluar las solicitudes. No obstante, hasta el día en que se realizó el procedimiento, los protocolos aún no habían sido formalizados por la institución.

La intervención: eutanasia aplicada en su hogar

Dado que el IESS no cumplió oportunamente con el mandato judicial, el equipo legal que patrocinó el caso gestionó la aplicación del procedimiento. Utilizaron protocolos europeos, reconocidos por su enfoque ético y médico. La eutanasia fue practicada en el domicilio de María, tal como ella lo solicitó. Esta posibilidad está contemplada en los estándares europeos, que permiten al paciente decidir si desea morir en un centro de salud o en su propia casa.

El equipo médico que ejecutó el procedimiento se mantuvo en el anonimato por razones de seguridad. Actuaron bajo condiciones estrictamente controladas y respetando la voluntad de la paciente.

La defensa del caso estuvo a cargo de la abogada Daniela Castro, quien lideró la estrategia jurídica junto a Rossmery Quito y Anderson Terán. Los tres profesionales aseguraron que todo el proceso se ejecutó bajo parámetros éticos, legales y médicos. Esto refuerza la legitimidad del acto y establece un importante precedente para futuras solicitudes de eutanasia en el país.

Un fallo constitucional que lo hizo posible

Este hecho se hizo posible gracias a un fallo emitido por la Corte Constitucional en 2024. Determinaron que el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) —el cual tipifica el delito de homicidio— no aplica a los casos de eutanasia si existe consentimiento libre, informado y explícito por parte del paciente.

Este pronunciamiento convirtió a Ecuador en el segundo país de América Latina en despenalizar la eutanasia, después de Colombia. La decisión de la Corte abrió las puertas a un debate nacional sobre el derecho a decidir sobre la propia vida. Especialmente, en situaciones de sufrimiento extremo y enfermedad terminal.

Implicaciones médicas, jurídicas y éticas

El caso de María no solo representa una victoria para ella y su entorno familiar, sino también un precedente que impacta a los ámbitos médicos, legales y éticos del Ecuador. La posibilidad de elegir una muerte digna bajo ciertos criterios ahora es una realidad. Aunque aún queda camino por recorrer en cuanto a la implementación de protocolos, capacitación de profesionales y protección de derechos fundamentales.

Un precedente que invita al diálogo social

Este acontecimiento genera nuevas discusiones en el país sobre el alcance de los derechos individuales, el papel del Estado frente a la muerte asistida. También sobre la necesidad de garantizar un marco legal claro que acompañe a los pacientes en situaciones similares.

Organizaciones de derechos humanos, colectivos médicos, religiosos y ciudadanos en general están llamados a participar en un debate abierto, plural y respetuoso. Deben definir cómo Ecuador abordará estos casos en el futuro.

Fuente:
Teleamazonas

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