La reciente aprobación de la Ley de Integridad Pública, que entró en vigencia el 26 de junio de 2025, ha generado un amplio debate en Ecuador. Lo que comenzó como un proyecto de reforma para simplificar el Sistema Nacional de Contratación Pública se convirtió en un compendio de reformas que impactan de forma directa en la gestión de compras estatales, el rol del Sercop y las modalidades de contratación que las instituciones públicas podrán aplicar bajo la Ley de Integridad Pública.

De un proyecto de 17 páginas a una ley con 150 páginas adicionales
En mayo de 2025, el presidente Daniel Noboa presentó un proyecto con reformas a la contratación pública enfocado en simplificar procesos y modernizar el sistema. La Ley de Integridad Pública fue el resultado de dichas reformas. Sin embargo, la Asamblea Nacional transformó el proyecto original, añadiendo múltiples reformas que ampliaron el documento a más de 150 páginas. El resultado fue una normativa con disposiciones penales, tributarias y de justicia, además de cambios sustanciales en la forma de contratar dentro del Estado.
Eliminación de modalidades de contratación y reducción de caminos para consultorías
La Ley de Integridad Pública elimina figuras como la cotización, la menor cuantía y la contratación preferente. También reduce las opciones para realizar consultorías, un rubro que solo en 2024 significó USD 193,5 millones en gastos para el Estado. A partir de ahora, todas las consultorías superiores a USD 10.000 deberán realizarse mediante concurso público, mientras que las menores a ese monto se manejarán bajo la figura de ínfima cuantía.
Cambios en licitaciones y subastas inversas
Los nuevos mecanismos de contratación contemplan:
- Subasta inversa electrónica para bienes y servicios no catalogados y con montos superiores a USD 10.000.
- Licitación cuando el catálogo y la subasta no sean viables, aplicándose para bienes, obras y servicios con presupuestos mayores a USD 10.000.
- Ínfima cuantía para contrataciones de bienes, servicios y consultorías de menos de USD 10.000 fuera del catálogo, con anuncios públicos obligatorios en el futuro reglamento de la Ley de Integridad Pública.
- Procedimientos específicos para obras menores con montos inferiores al 0,000002 del presupuesto general del Estado.
Además, la modalidad de ferias inclusivas ya no será de uso preferente para todas las entidades, limitándose solo a bienes no catalogados, con la regulación del Sercop y la Superintendencia de Economía Popular.
Eliminación de los informes de pertinencia de la Contraloría
Un cambio que generó sorpresa fue la eliminación de la facultad de la Contraloría para emitir informes de pertinencia y favorabilidad en las contrataciones públicas, retirando así su rol de revisión previa de documentos antes del inicio de los procesos.
Fin de las normativas secundarias del Sercop
Con la Ley de Integridad Pública, el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop) pierde la facultad de emitir normativas secundarias, concentrándose esta atribución en el Ejecutivo, quien deberá emitir el Reglamento a la Ley de Contratación Pública hasta el 10 de agosto de 2025.
Otras modificaciones relevantes
Entre los cambios destacados, se incluyen:
- Los cooperantes sin fines de lucro podrán contratar bienes y servicios por hasta USD 20.000 anuales sin sujetarse a la normativa general.
- Se incorpora la posibilidad de comprar “servicios conexos” en salud para garantizar el acceso a medicamentos y bienes estratégicos.
- Se elimina el régimen especial para contratar transporte de correo nacional e internacional.
- Los servidores públicos involucrados en contrataciones deberán certificarse con el Sercop.
- En 120 días, el Sercop deberá adecuar sus plataformas bajo criterios de datos abiertos e inteligencia artificial, según la Ley de Integridad Pública.
- El directorio del Sercop pasará a ser presidido por el Presidente de la República o su delegado, sumando un representante de juntas parroquiales y de la Función de Transparencia.
- Los controles de los procesos de contratación ya no se realizarán de forma manual por funcionarios del Sercop, sino mediante herramientas tecnológicas automatizadas.
- Los proveedores del Estado que denuncien actos de corrupción con pruebas tendrán preferencia en futuros procesos de contratación.
- El Registro Único de Proveedores (RUP) contendrá información detallada sobre integridad, experiencia y trazabilidad de los proveedores.
Hacia un nuevo esquema de contratación pública en Ecuador
La Ley de Integridad Pública implica una reestructuración profunda de los mecanismos de contratación en Ecuador, que busca modernizar procesos y reducir la corrupción y la discrecionalidad en los contratos estatales. Sin embargo, los múltiples cambios generan inquietud en el sector público, proveedores y actores de control, quienes deberán adaptarse a nuevas reglas en un periodo de transición que exige actualización normativa, capacitación y uso de herramientas tecnológicas.
La atención ahora se centra en la emisión del Reglamento que definirá los detalles operativos y resolverá las inquietudes sobre la aplicación de esta nueva Ley de Integridad Pública en cada etapa de la contratación estatal.
Fuente: Primicias
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