IESS Anuncia Nuevos Beneficios para Empleadores en Mora: Plazo de 6 Años para Pagar y Cuotas Más Bajas

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El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) ha implementado medidas para brindar mayores facilidades y tiempo a los empleadores con deudas patronales vencidas.

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Ampliación de Plazo y Cuotas Más Bajas según el IESS

La deuda de los empleadores con el IESS asciende a 2.256 millones de dólares hasta julio de 2023. Para fomentar la recuperación de esta cartera y beneficiar a los afiliados, el IESS ha extendido el plazo del Acuerdo de Pago Parcial (APP) de 3 a 6 años, con cuotas más bajas y sin necesidad de realizar un pago inicial.

Fecha Límite para Suscribir el Acuerdo según el IESS

Los empleadores que deseen acogerse a este beneficio deben suscribir el Acuerdo de Pago Parcial antes del 28 de febrero de 2024. Después de esa fecha, solo tendrán hasta 4 años para cancelar sus obligaciones vencidas.

Posibilidad de un Nuevo Acuerdo de Pagos según el IESS

En una ocasión única, los empleadores podrán suscribir un nuevo acuerdo de pagos, siempre y cuando la suma de los dividendos pagados del primer acuerdo incumplido y el plazo del segundo acuerdo no supere los 7 años.

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Otros Beneficios de la Reforma

La reforma también incluye la autorización del Director Provincial para plazos superiores a 3 años (antes aplicaba para plazos mayores de un año). Además, se excluye el pago inmediato de intereses de mora y retenciones como cuota inicial, que ahora se prorratearán de acuerdo al plazo solicitado por el empleador o contratante del seguro.

Acogimiento al Beneficio de los Títulos de Crédito en Fase de Ejecución Coactiva

Hasta el 28 de febrero de 2024, los títulos de crédito en fase de ejecución coactiva, sin medidas cautelares dictadas, podrán acogerse a este beneficio antes de cancelar los honorarios a los gestores externos.

Proceso para Generar un Acuerdo de Pago Parcial

El deudor podrá presentar la solicitud del Acuerdo de Pago Parcial de forma física o en línea a través de la página web del IESS. Con la reforma, el empleador cuenta con un mes adicional para ponerse al día en el pago de sus cuotas, ampliándose de dos a tres cuotas antes de que el acuerdo se anule.

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