El Comité de Comercio Exterior (Comex) determinó la prohibición de exportación de cangrejos en Ecuador por un periodo de seis años. Esta medida, que entrará en vigor el 28 de octubre de 2025, abarca todas las especies de cangrejos ecuatorianos en cualquier presentación comercial y bajo cualquier régimen de exportación.
Alcance total de la prohibición comercial
La resolución del Comex sobre la prohibición de exportación de cangrejos en Ecuador incluye todas las formas comerciales del crustáceo. Por tanto, están prohibidos los cangrejos vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados, ahumados o en salmuera. Asimismo, la medida alcanza productos preparados, conservas y ejemplares procesados aptos para consumo humano.
Ninguna presentación o formato de exportación estará permitido durante estos seis años. Esta restricción responde a objetivos de conservación ambiental y protección de actividades artesanales tradicionales.
Objetivos de conservación y protección ecosistémica
La decisión busca conservar las poblaciones de cangrejos ecuatorianos mediante acciones concretas. Además, pretende proteger los ecosistemas de manglar y garantizar el sustento de recolectores artesanales que dependen de esta actividad económica.
Los manglares constituyen ecosistemas vitales para la biodiversidad marina. En consecuencia, esta medida asegura el acceso sostenido de comunidades locales a una fuente tradicional de ingreso y alimentación.
Monitoreo técnico bianual obligatorio
Durante la vigencia de la prohibición de exportación de cangrejos en Ecuador, el Viceministerio de Acuacultura y Pesca junto al Instituto Público de Investigación de Acuicultura y Pesca (Ipiap) presentarán informes técnicos cada dos años ante el Comex.
Estos reportes evaluarán el estado poblacional de las especies y el cumplimiento efectivo de la medida. Por ende, permitirán determinar si la prohibición debe continuar o suspenderse tras el periodo establecido.
Fundamento jurídico internacional
La resolución se ampara en el artículo XX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT 1994). Este marco permite aplicar medidas de conservación de recursos naturales siempre que no impliquen discriminación o restricción encubierta al comercio internacional.
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) ejecutará los controles aduaneros necesarios. Mientras tanto, el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones (Mpcei) notificará esta decisión a la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Eliminación de permisos anteriores
Todas las autorizaciones previas para exportar cangrejos quedan eliminadas automáticamente. Esta disposición aplica sin importar la forma de presentación o régimen comercial previamente autorizado.
La medida entrará en vigor tras su publicación en el Registro Oficial. No obstante, sustituye cualquier disposición anterior que permitiera la exportación de estas especies desde territorio ecuatoriano.
En definitiva, la prohibición de exportación de cangrejos en Ecuador representa una estrategia integral de conservación. Esta decisión equilibra la protección ambiental con el sustento de comunidades costeras que tradicionalmente dependen de la recolección artesanal de cangrejos.
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