El presidente Daniel Noboa ha ordenado la creación del Comité Interinstitucional de Estabilidad Financiera (CIEF). Este nuevo organismo busca coordinar y articular acciones para identificar y mitigar riesgos en el sistema financiero.
Objetivos del CIEF
El Comité, formado mediante el Decreto Ejecutivo 343 del 6 de agosto, tiene como objetivo preservar y fortalecer la estabilidad financiera del país. Se encargará de la aplicación de políticas y regulaciones, así como del control y la sistematización del intercambio de información financiera.
Composición del comité
El CIEF estará compuesto por los siguientes representantes, quienes tendrán derecho a voz y voto:
- Ministro de Finanzas, que presidirá el Comité.
- Presidente de la Junta de Política y Regulación Financiera.
- Presidente de la Junta de Política y Regulación Monetaria.
- Superintendente de Bancos.
- Superintendente de Economía Popular y Solidaria.
- Superintendente de Compañías, Valores y Seguros.
- Gerente General del Banco Central del Ecuador (BCE).
Además, el gerente general de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (Cosede) participará con voz, pero sin voto.
Secretaría técnica
La Secretaría Técnica del Comité estará a cargo de un funcionario designado por el gerente del Banco Central. Esta área será responsable de las actividades y el funcionamiento del CIEF.
Acciones del comité
El Decreto Ejecutivo establece ocho acciones clave que el CIEF deberá llevar a cabo:
- Identificar riesgos potenciales y emitir alertas y recomendaciones.
- Solicitar a las entidades informes periódicos sobre la implementación de medidas.
- Fortalecer la regulación, supervisión y gestión del riesgo sistémico.
- Evaluar vulnerabilidades del sistema financiero y proponer acciones de fortalecimiento.
- Promover la recopilación y el intercambio sistemático de información.
- Proponer estrategias económicas y financieras para mitigar riesgos.
- Armonizar políticas y normas de control entre los sectores financieros.
- Revisar informes de entidades sistémicas y recomendar políticas macroprudenciales si es necesario.
Confidencialidad y recursos
Los miembros del CIEF deberán mantener confidencialidad sobre la información y decisiones del Comité. La divulgación de información confidencial está prohibida. Además, el decreto establece que no se requerirán recursos públicos adicionales para la creación y funcionamiento del Comité.
Reglamento del comité
El reglamento de funcionamiento del CIEF debe ser aprobado en un plazo máximo de 30 días desde la expedición del decreto, es decir, antes del 6 de septiembre. El ministro de Finanzas presentará un informe anual al presidente de la República sobre el cumplimiento de las actividades del Comité.
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