El presidente Daniel Noboa ha presentado una nueva propuesta de ley, con carácter de “urgencia económica”, que introduce un impuesto anual aplicable a motos y carros en Ecuador. Esta iniciativa busca fortalecer la lucha contra el lavado de activos y el crimen organizado en el país, así como mejorar la transparencia del sistema financiero ecuatoriano. La propuesta legal se titula “Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos” y tiene como objetivo imponer un impuesto anual a los “vehículos motorizados de transporte terrestre”.
Propósito del impuesto y detalles de aplicación
La ley propuesta por Daniel Noboa contempla la creación de un impuesto anual que se calculará en función del valor del vehículo y no tendrá límite temporal en su aplicación. Según el artículo 5, el monto del impuesto aumentará progresivamente según el precio del vehículo, y los sujetos pasivos serán tanto personas naturales como jurídicas, así como entes con patrimonio independiente. Además, en el artículo 9, se establece que las personas naturales, jurídicas y entes sin personalidad jurídica que posean vehículos motorizados estarán sujetas a este impuesto.
Este impuesto anual no afectará a ciertos sectores, ya que están excluidos del pago el sector público, los cuerpos diplomáticos, la Cruz Roja Ecuatoriana, la Sociedad de Lucha Contra el Cáncer (SOLCA) y personas en tránsito, siempre que no deban matricular su vehículo en el país.
Tarifas de aplicación y base imponible del impuesto
El proyecto establece que el cálculo del impuesto tomará como base el primer precio de venta al público, informado por el importador, ensamblador o fabricante. Esta base imponible inicial se ajustará anualmente con una deducción del diez por ciento (10%) del valor original, y el valor residual no será inferior al 10% de su precio inicial. El objetivo de esta deducción anual es mantener un ajuste progresivo que refleje la depreciación del vehículo en el tiempo.
Desde la perspectiva del Gobierno, este nuevo impuesto anual no solo busca incrementar la recaudación tributaria, sino también formalizar la compraventa de vehículos en Ecuador, un sector en el que, según el gobierno, hay una notable actividad informal. Este marco legal también tiene como objetivo asegurar que se cumplan las normativas fiscales y reforzar los mecanismos de control financiero.
Alcance del Impuesto: No limitado a vehículos de alta gama
En redes sociales, se ha mencionado que el impuesto anual propuesto por Daniel Noboa solo afectará a vehículos de alta gama. Sin embargo, la ley especifica que el impuesto se aplicará según tablas de tarifas basadas en el valor del vehículo, y no se limita únicamente a aquellos considerados de lujo. Esta estructura de tarifas pretende incluir a una gama de vehículos con distintos valores y facilitar así una mayor recaudación para el Estado.
Para aquellos propietarios que sean adultos mayores o personas con discapacidad, la ley establece una reducción significativa en el impuesto. Tanto la fracción básica como la fracción excedente de este impuesto serán del 50% de la tarifa regular, siempre que el valor del vehículo no exceda el valor mínimo del último rango de la tabla impositiva. Esta disposición tiene como objetivo minimizar el impacto del impuesto en sectores vulnerables, brindando un alivio fiscal a personas de la tercera edad y ciudadanos con discapacidad.
Objetivo general de la propuesta de Daniel Noboa
El artículo 1 de la ley expone el objetivo principal de esta medida: combatir el lavado de activos y reducir la introducción de capital ilícito en la economía de Ecuador. A través de esta legislación, Daniel Noboa busca contribuir a la eliminación de la economía criminal, al tiempo que mejora la recaudación de ingresos tributarios. La implementación de un impuesto anual sobre motos y carros en Ecuador es, en palabras del Gobierno, un paso significativo hacia la consolidación de un mercado más formal y transparente.
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