La Corte Constitucional del Ecuador, en ejercicio de sus atribuciones, emitió la Sentencia 1256-18-JP/23, abordando las obligaciones de los jueces constitucionales frente a desistimientos expresos en acciones de protección. La sentencia se basa en el caso específico de la acción de protección 17233-2018-04850 presentada por Nancy de Lourdes Asitimbay Veintimilla contra Banco Pichincha C.A.
En el proceso, la jueza de la Unidad Judicial Civil negó la acción por improcedente, lo que llevó a la accionante a interponer un recurso de apelación. Sin embargo, posteriormente, la accionante presentó un desistimiento expreso de la acción y solicitó el archivo del proceso. La Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha aceptó el desistimiento, declaró la terminación anticipada del proceso y ordenó el archivo del expediente.
La Corte Constitucional recibió la documentación correspondiente y, mediante la Sentencia 1256-18-JP/23, emitió consideraciones generales sobre el desistimiento expreso en el contexto de garantías jurisdiccionales. La sentencia también aclara el procedimiento en casos de desistimiento por parte de entidades públicas o particulares accionados, definiendo el rol del juez constitucional en esos casos. Este pronunciamiento establece precedentes sobre el manejo de desistimientos en acciones de protección, brindando orientación a los jueces constitucionales en el ejercicio de sus funciones
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