La Corte Constitucional de Ecuador ha emitido un fallo declarando la inconstitucionalidad por la forma de las reformas al reglamento del Código Orgánico del Ambiente. Este dictamen, que involucra al Decreto Ejecutivo 754, firmado por el expresidente Guillermo Lasso, permanecerá vigente pero bajo lineamientos establecidos por los jueces hasta que la Asamblea Nacional apruebe una ley ambiental específica.
El fallo, anunciado el 17 de noviembre de 2023, surge tras resolver una demanda de inconstitucionalidad presentada por la Fundación Pachamama, el Centro de Derechos de la Universidad Católica del Ecuador (PUCE) y la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie). La Corte Constitucional ordena que las disposiciones del Decreto 754 no se apliquen a comunidades indígenas hasta que se promulgue una nueva legislación que establezca la consulta previa sobre proyectos estratégicos en sus territorios.
Entre los puntos clave del fallo, se destaca que el Estado deberá realizar consultas previas a comunidades, garantizando el derecho de estas a ser informadas, participar y ser consultadas en proyectos que puedan afectar su entorno. Además, la Corte exhorta a la Asamblea Nacional a aprobar una nueva ley sobre consulta previa en un plazo máximo de un año, a partir de la propuesta que impulse la Defensoría del Pueblo.
Este fallo se produce después de la aceptación de medidas cautelares en julio pasado, que suspendieron temporalmente la ejecución de 178 proyectos, incluyendo la construcción de hospitales y otras iniciativas gubernamentales, mientras se resolvía la demanda.
La Corte Constitucional también critica a la legislatura por no haber cumplido con dos fallos previos relacionados con el derecho a la consulta previa de comunidades indígenas, instando a la acción legislativa para establecer dichas normativas en concordancia con la Constitución.
Esta decisión marca un punto de inflexión en la aplicación de proyectos estratégicos en territorios indígenas y destaca la necesidad de una legislación específica que garantice el derecho a la consulta previa en temas ambientales, fomentando la participación y protección de los derechos de estas comunidades.
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