La Comisión de Garantías Constitucionales rechazó las 24 observaciones de ADN al proyecto de Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales, que apuntaban a limitar el rol de la Corte Constitucional. En respuesta, ADN propone cambios a la Ley de garantías constitucionales. Estos cambios a la Ley de garantías constitucionales han generado un intenso debate.
Intento de reforma tras movilización oficialista
Un día después de la marcha convocada por el Gobierno contra la Corte Constitucional, la legisladora Lucía Pozo (ADN) presentó observaciones al informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. ADN propone cambios a la Ley de garantías constitucionales que buscan mayor control sobre el proceso legislativo. El documento fue remitido al presidente de la Comisión, Jaime Estrada, de la Revolución Ciudadana.

¿Qué proponía ADN?
Las observaciones apuntaban a modificar 24 artículos y eliminar la Disposición Transitoria Undécima. Además, se planteaban dos nuevas Disposiciones Generales. ADN propone estos cambios a la Ley de garantías constitucionales con el objetivo de limitar el alcance de los fallos de la Corte y trasladar la reparación económica a la justicia contencioso administrativa.
Cambios clave en justicia constitucional
El artículo 4, sobre principios procesales, pretendía reemplazar el reglamento de la Corte por una “modulación de efectos”. Esto implicaba que la Corte solo podría ajustar sus fallos en tiempo, materia y espacio, sin emitir nuevas resoluciones.
Reparación económica en la mira
La propuesta eliminaba la posibilidad de iniciar juicios por reparación económica tras una sentencia. En los artículos 17, 18 y 19, se indicaba que las personas afectadas debían acudir a la justicia contencioso administrativa, excluyendo indemnizaciones por daños.
Sentencias sin efecto retroactivo
El artículo 25 agregaba que la selección de sentencias no modificaría lo juzgado. Esto limitaba el alcance de las decisiones ejecutoriadas de la Corte, reforzando que no cabe recurso alguno en el proceso de selección.
Control constitucional y reformas
Los artículos 104, 105 y 106 proponían limitar el control posterior de reformas constitucionales. ADN planteaba que estas causas podrían ser priorizadas, lo que abría la puerta a discrecionalidad en su tratamiento.
Corte sin reglamento ni interpretación legal
La eliminación de la Disposición Transitoria Undécima impedía a la Corte emitir reglamentos internos. Además, las nuevas Disposiciones Generales restringían su capacidad de interpretar vacíos legales, obligándola a presentar reformas ante la Asamblea.
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